III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-9802)
Resolución de 11 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Anteproyecto de desagüe de las avenidas de la rambla de Nogalte a la cuenca del Almanzora. Presa de Béjar, en Lorca (Murcia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96

Sábado 22 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 56617

del documento ambiental y de los informes de la Comisaría de Aguas y de la Oficina de
Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del Segura. No hay masas de
agua subterránea en el ámbito de afección del proyecto, identificadas como tales en el
citado plan hidrológico, según se desprende del informe de la Oficina de Planificación
Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del Segura.
Respecto al patrimonio cultural, el Servicio de Patrimonio Histórico de la Dirección
General de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia informa de que, en la zona
inmediata al proyecto, se localiza un importante conjunto de yacimientos de época
argárica, como son Peñas de Béjar y Casa de Peñas de Béjar, en el término municipal
de Lorca, y Peñas de Béjar I y II, en el término municipal de Puerto Lumbreras; que son
yacimientos catalogados en el planeamiento municipal y que tienen la consideración de
bienes catalogados por su relevancia cultural en aplicación de la disposición adicional
segunda de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Región de
Murcia. Además, indica que aguas abajo de la presa se localiza un excepcional sistema
hidráulico que incluye dos molinos, la presa subálvea, la canalización con sus lumbreras,
el aljibe, un abrevadero y una balsa al final del sistema que fue objeto de estudio por J.
M. Espín. Por otra parte, señala que el área en concreto afectada por el proyecto no ha
sido objeto de una prospección sistemática que permita descartar la presencia de otros
bienes arqueológicos, históricos, etnográficos, arquitectónicos, etc., de interés desde el
punto de vista del patrimonio cultural. Finalmente, establece la necesidad de que se
redacte un «Estudio de Impacto sobre el Patrimonio Cultural» que incorpore los
resultados de una prospección previa y exhaustiva del área afectada por el proyecto, y
que analice de manera específica la incidencia sobre los citados yacimientos
arqueológicos y sobre los bienes de interés hidráulico existentes en la zona, y que
evalúe, en su caso, la compatibilidad de las actividades a desarrollar en la zona con
dichos elementos y las vías de corrección y minoración de impactos. Añade que dicho
«Estudio de Impacto sobre el Patrimonio Cultural» debe realizarse con antelación a la
aprobación definitiva del «Estudio Ambiental» de manera que en este se puedan
incorporar sus resultados y las medidas de corrección de impactos que se estimen
necesarios. Recuerda que la actuación arqueológica citada deberá ser autorizada por la
Dirección General de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia.
Características del potencial impacto:

El documento ambiental presenta carencias importantes de información ambiental y de
análisis de impactos. No obstante, se exponen a continuación los potenciales impactos
negativos más relevantes detectados con la información que obra en el expediente.
El proyecto implicará un efecto negativo a especies de fauna protegida, algunas de
ellas clasificadas con categoría de amenaza de vulnerable o en peligro de extinción, en
el ámbito autonómico o estatal, y, sin embargo, el documento ambiental no analiza los
efectos del proyecto sobre esas especies ni sobre los hábitats de esas especies.
El documento ambiental no analiza los efectos del proyecto sobre el área crítica
Sierra del Cimbre del Plan de Recuperación del Águila Perdicera. De hecho, no
menciona esa área crítica ni dicho plan de recuperación. Ya se ha señalado que en el
Plan de Recuperación del Águila Perdicera se destacan como principales amenazas la
electrocución y colisión con líneas eléctricas; destrucción, fragmentación del hábitat y
desarrollo de nuevas infraestructuras; escasez de alimento y molestias en la
reproducción, entre otras.
En el ámbito del proyecto hay potencial presencia de ejemplares de especies de flora
que están protegidas en la Región de Murcia, una de ellas catalogada como vulnerable
en esa comunidad autónoma. El documento ambiental no permite determinar si algún
ejemplar de esas especies será o no afectado por el proyecto.
Respecto a los hábitats de interés comunitario (HIC), el documento ambiental incluye
un inventario al respecto en el que se hace referencia a la confección del «Atlas de los
hábitats naturales y seminaturales de España», atlas que conviene señalar es del
año 2005. Sin embargo, el plano donde ilustra la localización de los HIC en la zona de

cve: BOE-A-2023-9802
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