III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-9801)
Resolución de 11 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica El Camp de Mirra 54,4 MW e infraestructuras de evacuación", en Camp de Mirra, Biar, Banyeres de Mariola y Benejama (Alicante).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96

Sábado 22 de abril de 2023
5.

Sec. III. Pág. 56609

Afección por utilización de recursos naturales

La superficie ocupada por el cerramiento perimetral será de 106,024 ha para alojar
todos los elementos que constituyen la PSF, con un perímetro de 14.396 m, siendo la
superficie de las parcelas de 120,8768 ha. Por lo tanto, la superficie ocupada por el
cerramiento de la PSF representa el 87,7 % de la superficie disponible. La superficie
ocupada por el conjunto de infraestructura y equipos de la Planta Solar Fofotovoltaica
representa 33,50 ha, menos del 32 % de ocupación directa sobre la superficie vallada.
Del total de superficie ocupada, la mayor parte será de naturaleza temporal
solamente ocupada durante las obras. Únicamente el 28,47 % restante será de
ocupación permanente, 9,54 ha, durante la vida útil del proyecto, de acuerdo con la
siguiente estimación.
En cuanto al consumo de agua para la limpieza de paneles fotovoltaicos, se prevé
realizar 1 o 2 limpiezas anuales en función de la suciedad generada por las condiciones
meteorológicas. Para ello, se utilizarán sistemas de limpieza en seco robotizados
alimentados por baterías. En caso de precisar agua en la limpieza por el exceso de
suciedad, se utilizarán sistemas de alta eficiencia con un consumo de 0,6 l/panel,
transportando el agua en camiones cisterna y sin aplicación de ningún producto químico
contaminante.
6. Afección al patrimonio cultural
La memoria de trabajos arqueológicos incoada ante la Consellería de Cultura de la
Generalitat Valenciana recoge que no existen yacimientos arqueológicos en el interior del
área de actuación. Los materiales cerámicos documentados consisten en fragmentos de
época moderna y contemporánea depositados, debido a que la mayor parte de los
terrenos están o han estado dedicados a trabajos agrícolas. Asimismo, se destaca que la
losa caliza aflora en la superficie buscando posibles indicios de petroglifos, surcos o
calderones, siendo también negativo el resultado.
Se documenta una pequeña caseta de piedra en ruinas y de reducidas dimensiones
proponiéndose que pueda ser derruida con el fin de liberar este espacio para las
instalaciones proyectadas, necesitando tener el visto bueno de la comisión de
patrimonio.
Atendiendo a la Ley 3/2014, de 11 de julio, de la Generalitat, de Vías Pecuarias de la
Comunitat Valenciana, se localiza una vía pecuaria que es coincidente con un pequeño
tramo de la línea de evacuación a la salida de la planta, en concreto la «Sendera Reial
de Biar» y la «Colada de la Font de Sanchez». Así mismo en el tramo final de la línea de
evacuación, se localiza la «Sendera de Banyeres de Mariola i Beneixama», la «Vereda
de Bañeres» y el «Assagador de la Marjal» que también posee paralelismo con la traza
de la línea de evacuación subterránea y algún cruce y para la que será necesario
obtener el pertinente permiso de ocupación temporal.
Incidencia socio-económica sobre el territorio

El resumen ejecutivo señala como consecuencia de su implantación un incremento
en el empleo. Se procurará las contrataciones y acuerdos con empresas locales o
regionales para el montaje y la instalación, contribuyendo a la implantación de este
sector en la zona.
En el ámbito de proyecto no se encuentra en Zona de Alto Riesgo de Incendio
Forestal (ZAR). Según el Plan de Acción Territorial Forestal de la Comunitat Valenciana
(PATFOR) la zona de implantación de la planta se encuentra enmarcadas en una zona
de riesgo bajo.
En el caso de que se vean afectadas infraestructuras agrarias, especialmente, los
caminos de accesos, será necesario implementar medidas correctoras asegurando la
continuidad de los mismos y el acceso por camión a las fincas colindantes.

cve: BOE-A-2023-9801
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