I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA. Salud mental. (BOE-A-2023-9773)
Ley 6/2023, de 22 de marzo, de las personas con problemas de salud mental y sus familias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 22 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 56479

de vínculos sociales y comunitarios, entre otros determinantes, son causas o riesgos
asociados a la proliferación de problemas de salud mental.
El artículo 43 de la Constitución española «reconoce el derecho a la protección de la
salud» y establece que los poderes públicos organizarán y tutelarán la salud pública a
través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.
Por su parte, en el artículo 49 del texto constitucional se establece que «los poderes
públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de
los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención
especializada que requieran y a los que ampararán para el disfrute de los derechos» que
el título I otorga a toda la ciudadanía.
El artículo 149.1.16.ª de la Constitución española atribuye al Estado la competencia
exclusiva en materia de bases y coordinación general de la sanidad.
El Estatuto de Autonomía de La Rioja establece, en el artículo 8, las competencias
exclusivas que corresponden a la Comunidad Autónoma de La Rioja. En el apartado 30
de este artículo establece como competencia exclusiva la «asistencia y servicios
sociales» y en el apartado 31 el «desarrollo comunitario», «promoción e integración de
las personas con discapacidad, emigrantes, tercera edad y demás grupos sociales
necesitados de especial protección, incluida la creación de centros de protección,
reinserción y rehabilitación». El artículo 9, apartado 5, del propio Estatuto establece que
corresponde a la Comunidad Autónoma de La Rioja el desarrollo legislativo y la
ejecución en «sanidad e higiene».
Los compromisos políticos formulados en la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible, especialmente el objetivo 3, que consiste en garantizar una vida sana y
promover el bienestar de todos a todas las edades, han complementado el marco
jurídico formal. La meta 3.4 es reducir la mortalidad prematura por enfermedades no
transmisibles y promover la salud mental y el bienestar. La prevención y el tratamiento
del abuso de sustancias adictivas, incluidos el uso indebido de estupefacientes y el
consumo nocivo de alcohol, se inscriben en la meta 3.5, en tanto que otras metas, como
las relativas a la cobertura sanitaria universal y el control del tabaco, corresponden a
ámbitos de clara pertinencia, aun cuando no se mencione expresamente la salud mental.
El 9 % de la población tiene algún tipo de problema de salud mental y el 25 % lo
tendrá en algún momento a lo largo de su vida, según la OMS. Esto es, una de cada
cuatro personas tiene o tendrá algún problema de salud mental a lo largo de su vida. Y,
según datos de 2019 publicados en el Informe anual del Sistema Nacional de Salud en
abril de 2022: el 12,5 % de todos los problemas de salud en el mundo está representado
por los trastornos mentales, una cifra mayor a la del cáncer y los problemas
cardiovasculares; de las diez de las enfermedades que producen mayor discapacidad en
nuestra sociedad, cinco son trastornos mentales; el 29 % de la población padece algún
trastorno de salud mental; una de cada diez personas mayores de 75 años declara
padecer un cuadro depresivo; entre el 2,5 % y el 3 % de la población adulta en España
tiene un trastorno mental grave; el 6,7 % de la población de España está afectada por la
ansiedad, exactamente la misma cifra de personas con depresión, y en ambas es más
del doble en mujeres (9,2 %) que en hombres (4 %); casi la mitad de los jóvenes
españoles de entre 15 y 29 años (48,9 %) considera que ha tenido algún problema de
salud mental; la prevalencia registrada de trastornos mentales es de 286,7 casos por
cada 1.000 habitantes, más elevada en mujeres que en hombres (313,3 frente a 258,8),
y aumenta con la edad.
La Organización Mundial de la Salud considera que la salud mental va más allá de la
ausencia de los trastornos mentales; es una parte integral de la salud de las personas en
su sentido más amplio, de forma que, si no hay salud mental, no puede haber buena
salud y por ello la preservación de la salud mental requiere estrategias trasversales y
multisectoriales que se apliquen desde la infancia hasta la vejez, incluyendo acciones
adaptadas, entre otras, a las necesidades específicas de la mujer o a los problemas de
las personas más desfavorecidas y en situaciones socioeconómicas más vulnerables.

cve: BOE-A-2023-9773
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Núm. 96