I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA. Salud mental. (BOE-A-2023-9773)
Ley 6/2023, de 22 de marzo, de las personas con problemas de salud mental y sus familias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96

Sábado 22 de abril de 2023

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I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
9773

Ley 6/2023, de 22 de marzo, de las personas con problemas de salud mental
y sus familias.
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en
nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con lo que establece la Constitución y el
Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente Ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Oficina Regional para Europa de la Organización Mundial de la Salud (OMS)
en 1984 declaró que la salud es la capacidad de realizar el propio potencial personal y
responder de forma positiva a los retos del ambiente. Esta definición, como otras que se
dieron sucesivamente, era considerar la salud como una capacidad, idea muy
relacionada con la de funcionalidad. En la Asamblea General de la OMS de 1997, se
estableció otra definición también en esta línea, la salud se convierte en «aquello a
conseguir», es decir, de nuevo se considera la salud como una capacidad a desarrollar.
Con esta definición se pretende la vinculación entre funcionalidad y productividad, tanto
laboral como de participación en la comunidad, lo que confería aún más protagonismo al
entorno en la propia definición de salud (retos del ambiente, vida social de la
comunidad…).
Los servicios públicos de salud constituyen uno de los pilares fundamentales del
Estado del bienestar. La Constitución de la Organización Mundial de la Salud define la
salud como «un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la
ausencia de afecciones o enfermedades», de tal forma que la salud mental es parte
integral de la salud y el bienestar de las personas.
En el marco de la presente ley, se reconoce la salud mental como un proceso
multideterminado por componentes históricos, socioeconómicos, culturales, biológicos y
psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción
social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona.
Así, en la Declaración de Alma-Ata de 1978, la OMS asume que para mejorar la
salud es necesaria una estrategia integral que no solo preste servicios de salud, sino que
también aborde las causas sociales, económicas y políticas subyacentes a la mala salud,
lo que hoy se denomina determinantes sociales de la salud.
Es en este contexto donde, en marzo de 2005, la OMS crea la Comisión de
Determinantes Sociales de la Salud, una red mundial de organizaciones, centros de
investigación, universidades, etc., reunida para ayudar a afrontar las causas sociales de
la falta de salud y de las inequidades sanitarias evitables. En 2008 esta comisión definió
los determinantes sociales de la salud como el conjunto de condiciones sociales en las
que la gente vive y trabaja y de las que depende su salud.
La salud mental de la población se halla especialmente condicionada por
determinantes sociales y económicos. Existe evidencia empírica de que las situaciones
de desempleo y precariedad laboral son factores que incrementan el riesgo de padecer
problemas de salud mental. Asimismo, el estrés laboral, la desigualdad de género, las
dificultades para conciliar la vida personal, familiar y laboral, la ausencia de tiempo de
ocio, la aceleración del ritmo de vida, la falta de contacto con la naturaleza o la pérdida

cve: BOE-A-2023-9773
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