III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2023-9767)
Resolución de 12 de abril de 2023, del Consorcio Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Castilla-La Mancha, para el desarrollo de un programa de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 21 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 56456

Séptima. Compromisos del CENIEH.
El CENIEH designará un Tutor o Tutora Profesional que desarrolle las funciones de
guía, supervisor/a y asesor/a del estudiante mientras realice las prácticas en
dicha UCLM, responsabilizándose de la formación de cada alumno y de la valoración de
su estancia. Además facilitará al Tutor Académico de la UCLM el informe de
aprovechamiento de las prácticas a su finalización sobre la actividad realizada.
El CENIEH deberá facilitar a los alumnos los medios e instalaciones oportunas para
poder desarrollar el plan de trabajo de las prácticas.
Adicionalmente el CENIEH deberá hacer observar las medidas de seguridad e
higiene establecidas en sus instalaciones e informar y hacer cumplir y respetar al
alumnado dichas medidas.
Octava. Derechos y deberes de los estudiantes.
Los estudiantes en formación/prácticas deberán:
a) Cumplir las normas de régimen interno del CENIEH y seguir las instrucciones
que reciban de sus responsables.
b) Adoptar una actitud activa en las tareas que se le encomienden, inherentes a su
línea de formación.
c) Cumplir las normas de prevención de riesgos laborales.
d) Mantener el deber de secreto y confidencialidad en materia de medios, procesos
o actuaciones o información interna que pudiera tener conocimiento por razón de las
prácticas durante su estancia e inclusive una vez finalizadas éstas.
e) En el caso de que esté previsto, entregar la memoria final al tutor académico en
el plazo previsto, a fin de poder superar las prácticas externas curriculares y la
correspondiente mención favorable en las prácticas extracurriculares.
El alumnado tiene derecho a:
a) Desarrollar la actividad en que consistan las prácticas y en el horario estipulado.
b) Obtener un certificado final emitido por el CENIEH de las actividades realizadas,
del nivel de aprovechamiento alcanzado, duración y lugar del periodo de prácticas.
Novena. Anexos para determinar cada práctica.
Para la incorporación de cualquier alumno a este convenio es necesario el previo y
común acuerdo de las tres partes implicadas (CENIEH, alumno y UCLM, materializado
con la firma del correspondiente Anexo de formalización de la práctica, que se
incorporará a este convenio, y en el que se refleje las condiciones específicas de la
práctica a seguir por el alumno,
En cada anexo se detallará el nombre del alumno, el programa formativo (objetivos y
actividades), el tipo de práctica, el número de créditos fijados en el plan de estudio (si se
trata de prácticas curriculares), el proyecto formativo (objetivos y actividades) las fechas
de comienzo y finalización, el lugar, los tutores, el horario, y en su caso otras condiciones
específicas de dicha formación práctica. En dicho documento se detallarán los derechos
y deberes de los estudiantes y de los tutores. En dicho documento se recogerá asimismo
la aceptación por parte del alumno de las condiciones establecidas en este convenio y se
detallarán los derechos y deberes de los estudiantes y de los tutores.
Con la finalidad de mantener actualizado en todo momento el registro de alumnos
participantes en el presente convenio, el CENIEH comunicará por escrito a la UCLM
cualquier incidencia o modificación en las fechas de inicio o cese, horario u otras
circunstancias que se produzca en cada práctica que se realice en relación con lo
acordado en su Anexo correspondiente.

cve: BOE-A-2023-9767
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 95