III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2023-9767)
Resolución de 12 de abril de 2023, del Consorcio Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Castilla-La Mancha, para el desarrollo de un programa de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95

Viernes 21 de abril de 2023
Cuarta.

Sec. III. Pág. 56455

Duración de las prácticas.

La duración de cada una de las prácticas se establecerá teniendo en cuenta los
siguientes criterios:
– Las prácticas externas curriculares tendrán la duración que se establezca en el
plan de estudios correspondiente.
– Las prácticas externas extracurriculares tendrán una duración preferentemente no
superior al cincuenta por ciento del curso académico. Se asegurará en todo caso que las
prácticas no interfieran con el correcto desarrollo y seguimiento de las actividades
académicas del estudiante.
– El tiempo de realización de los proyectos de fin de grado o máster será como
máximo hasta la fecha de presentación del mismo según el plan de estudios que curse el
alumno.
Los horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con las
características de las mismas y dentro de las franjas horarias del CENIEH, teniendo en
cuenta a su vez las disponibilidades del Centro. En todo caso se procurará que sean
compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación
desarrollada por el estudiante UCLM.
Tanto la duración como el horario de cada una de las prácticas quedarán recogidos
en su correspondiente Anexo de formalización, según consta en la cláusula novena.
Quinta.

Programa/Proyecto formativo.

El programa formativo en que se concreta la realización de cada una de las prácticas
deberá fijar los objetivos educativos y las actividades a desarrollar. Los contenidos de la
práctica se definirán de forma que aseguren la relación directa de las competencias a
adquirir con los estudios cursados.
El programa formativo de cada práctica quedará recogido en el correspondiente
Anexo de formalización de la misma, según consta en la cláusula novena.
Compromisos de la Universidad de Castilla-La Mancha.

La realización de las prácticas amparadas en el presente convenio tendrá a todos los
efectos la consideración de actividad académica.
La UCLM gestionará todos los aspectos formales de las convocatorias de la
formación en centros de trabajo objeto del presente convenio, de acuerdo con su
normativa y procedimientos y conforme a los principios de publicidad, objetividad y
concurrencia.
La UCLM deberá cumplimentar para cada alumno en formación práctica en
el CENIEH, el correspondiente Anexo de formalización.
La UCLM nombrará un Tutor o Tutora Académico/a, profesor/a de alguna de las
materias relacionadas con el programa formativo a desarrollar, que tendrá como función
el asesoramiento metodológico y técnico en las áreas de trabajo del estudiante y se
responsabilizará de la tutoría de cada uno de los alumnos y de la supervisión de su
realización.
La UCLM garantiza en todo caso los seguros de accidentes y responsabilidad civil
correspondientes de los estudiantes.
La UCLM emitirá a los tutores del CENIEH que así lo soliciten, un certificado para
reconocer la labor realizada y la duración de la misma.
Previo al inicio de las prácticas en el CENIEH, la UCLM cooperará en la aplicación de
la normativa sobre prevención de riesgos laborales, facilitando la información y formación
requerida a tal efecto que sean necesarios en cuanto a la protección y prevención de
riesgos laborales.

cve: BOE-A-2023-9767
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.