III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2023-9753)
Orden TED/388/2023, de 29 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas para proyectos singulares de renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal, Proyectos Singulares Alumbrado Municipal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95

Viernes 21 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 56397

j) Dispusiera a favor de terceros, por cualquier título, de los activos financiados con
el presente préstamo, vigente el mismo.
k) En su caso, modificase al 50% o más el accionariado de la sociedad, en caso de
que el beneficiario fuese una persona jurídica, salvo autorización expresa del IDAE.
l) Cualquier otra circunstancia prevista expresamente en el presente contrato o en
las bases reguladoras del Programa de ayudas.
En caso de que el IDAE declarara el vencimiento anticipado por concurrir alguna de las
causas anteriores, el beneficiario vendrá obligado, dentro del plazo de quince (15) días hábiles
contados a partir de la notificación de vencimiento anticipado que a tales efectos le realice el
IDAE, a reintegrar la totalidad del principal, más sus intereses de demora y demás gastos
documentalmente justificados por todos los conceptos en relación con el presente préstamo.
Para la liquidación se aplicará el último tipo de interés vigente que se entenderá aceptado por el
beneficiario al sólo y exclusivo efecto de practicar aquélla.
Transcurrido dicho plazo sin que el beneficiario efectúe el total reembolso del importe
así calculado, quedarán expeditas para el IDAE las acciones judiciales o extrajudiciales
que a su derecho convengan.
11.

Acción ejecutiva.

A todos los efectos legales, y muy especialmente a los prevenidos por el artículo 572 y
siguientes de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil, se pacta expresamente por las Partes que,
para el supuesto de incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones de pago del presente
contrato, se considerará como cantidad líquida exigible por vía ejecutiva judicial al beneficiario
aquella que se especifique mediante acta notarial que se notifique al deudor, donde se incorpore
la oportuna certificación acreditativa de haberse practicado la liquidación en la forma pactada
contractualmente para los citados supuestos de incumplimiento, así como que el saldo coincide
con el que se desprenda de la cuenta especial que a tal efecto figuren en los registros contables
del IDAE, y muy en particular para el supuesto de vencimiento anticipado, que la liquidación se
ha efectuado de acuerdo con lo establecido en este contrato, sin perjuicio de la aplicación de los
intereses moratorios que se hubieran devengado sobre la cantidad resultante.
12.

Comunicaciones y notificaciones entre las Partes.

Las Partes convienen, expresamente, que toda notificación, comunicación, solicitud, y/o
requerimiento en relación con el presente contrato, surtirá entre ellas plenos efectos, siempre y
cuando se efectúe por uno o cualquiera de los siguientes medios: carta, telegrama, fax, burofax
remitido a los domicilios e indicativos que a tales efectos se especifican a continuación para
cada una de las Entidades intervinientes, en tanto en cuanto no se hubiere comunicado
fehacientemente cualquier posible modificación en tal sentido:
IDAE:
Calle Madera, n.º 8. 28004 Madrid. Teléfono: 91 456 49 00. Fax: 91 523 04 14.
Beneficiario: ................................................................................................................
Gastos e Impuestos.

Todos los gastos e impuestos que pudieran derivarse de la formalización, elevación a
público, cumplimiento, ejecución o extinción del presente contrato, serán de cuenta y cargo del
beneficiario.
14.

Transmisión de derechos.

El beneficiario no podrá ceder, transferir, sustituir o subrogar a terceros en los derechos y
obligaciones contraídas en virtud del presente contrato sin el previo y expreso consentimiento
expreso del IDAE. Por el contrario, el IDAE podrá hacerlo previa comunicación escrita al
beneficiario.

cve: BOE-A-2023-9753
Verificable en https://www.boe.es

13.