III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2023-9753)
Orden TED/388/2023, de 29 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas para proyectos singulares de renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal, Proyectos Singulares Alumbrado Municipal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95
Viernes 21 de abril de 2023
Artículo 22.
Sec. III. Pág. 56386
Protección de datos de carácter personal.
Será de aplicación la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Disposición final primera.
Títulos competenciales.
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en la regla 15.ª del artículo 149.1 de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre fomento
de la investigación científica y técnica, que actúa como título competencial prevalente.
También se dicta conforme a las reglas 13.ª, 23.ª y 25.ª que atribuyen, asimismo, al
Estado las competencias sobre bases y coordinación de la planificación general de la
actividad económica, legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin
perjuicio de las facultades de las comunidades autónomas de establecer normas
adicionales de protección, y bases del régimen minero y energético, respectivamente.
Disposición final segunda.
Desarrollo y aplicación.
La Vicepresidenta tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, los órganos competentes de la Secretaría de Estado de Energía y el
IDAE, en uso de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas necesarias para
la aplicación de esta orden y sus disposiciones de desarrollo y ejecución.
Disposición final tercera.
Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
Madrid, 29 de marzo de 2023.–La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez.
ANEXO I
Descripción de las actuaciones elegibles
Medida. Renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal
1.
Objetivo.
El objeto de la actuación es mejorar la calidad del entorno en los municipios
reduciendo el consumo de energía final y las emisiones de dióxido de carbono, mediante
la reforma de las instalaciones municipales de alumbrado, iluminación y señalización
exterior existentes, fomentando que la investigación científica y técnica proporcione las
mejores soluciones técnicas y promoviendo su implantación mediante proyectos
singulares de alumbrado exterior municipal. Esta reforma deberá integrar sistemas de
iluminación que protejan la calidad del cielo nocturno frente a la contaminación lumínica.
Descripción.
Las actuaciones enmarcadas en esta medida persiguen la actualización de los
municipios mediante la renovación de las instalaciones de alumbrado exterior existentes,
sus instalaciones de iluminación ornamental y las redes semafóricas bajo criterios de
ahorro y eficiencia energética, lo que permitirá reducir de forma significativa su consumo
de energía eléctrica.
Las instalaciones de alumbrado exterior, las de iluminación de fuentes o de
elementos arquitectónicos o del patrimonio histórico cultural como fachadas de edificios y
monumentos, así como los semáforos, poseen un elevado potencial de ahorro de
energía mediante la renovación de sus luminarias, lámparas y equipos de regulación,
cve: BOE-A-2023-9753
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 95
Viernes 21 de abril de 2023
Artículo 22.
Sec. III. Pág. 56386
Protección de datos de carácter personal.
Será de aplicación la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Disposición final primera.
Títulos competenciales.
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en la regla 15.ª del artículo 149.1 de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre fomento
de la investigación científica y técnica, que actúa como título competencial prevalente.
También se dicta conforme a las reglas 13.ª, 23.ª y 25.ª que atribuyen, asimismo, al
Estado las competencias sobre bases y coordinación de la planificación general de la
actividad económica, legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin
perjuicio de las facultades de las comunidades autónomas de establecer normas
adicionales de protección, y bases del régimen minero y energético, respectivamente.
Disposición final segunda.
Desarrollo y aplicación.
La Vicepresidenta tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, los órganos competentes de la Secretaría de Estado de Energía y el
IDAE, en uso de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas necesarias para
la aplicación de esta orden y sus disposiciones de desarrollo y ejecución.
Disposición final tercera.
Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
Madrid, 29 de marzo de 2023.–La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez.
ANEXO I
Descripción de las actuaciones elegibles
Medida. Renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal
1.
Objetivo.
El objeto de la actuación es mejorar la calidad del entorno en los municipios
reduciendo el consumo de energía final y las emisiones de dióxido de carbono, mediante
la reforma de las instalaciones municipales de alumbrado, iluminación y señalización
exterior existentes, fomentando que la investigación científica y técnica proporcione las
mejores soluciones técnicas y promoviendo su implantación mediante proyectos
singulares de alumbrado exterior municipal. Esta reforma deberá integrar sistemas de
iluminación que protejan la calidad del cielo nocturno frente a la contaminación lumínica.
Descripción.
Las actuaciones enmarcadas en esta medida persiguen la actualización de los
municipios mediante la renovación de las instalaciones de alumbrado exterior existentes,
sus instalaciones de iluminación ornamental y las redes semafóricas bajo criterios de
ahorro y eficiencia energética, lo que permitirá reducir de forma significativa su consumo
de energía eléctrica.
Las instalaciones de alumbrado exterior, las de iluminación de fuentes o de
elementos arquitectónicos o del patrimonio histórico cultural como fachadas de edificios y
monumentos, así como los semáforos, poseen un elevado potencial de ahorro de
energía mediante la renovación de sus luminarias, lámparas y equipos de regulación,
cve: BOE-A-2023-9753
Verificable en https://www.boe.es
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