II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-9686)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral con la categoría de Técnico Auxiliar de Laboratorio, Grupo IV.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 20 de abril de 2023

Sec. II.B. Pág. 55981

3.4 Las personas aspirantes con discapacidad podrán solicitar las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización del ejercicio en que esta adaptación
sea necesaria, para lo cual deberán cumplimentar el apartado correspondiente de la
solicitud de participación. De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el dictamen
técnico facultativo emitido por el órgano técnico de valoración que dictaminó el grado de
discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han
dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de
selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
3.5 Las personas interesadas podrán, en su caso, aportar nuevos documentos a su
solicitud durante el plazo de presentación de solicitudes. Para ello, deberán acceder con
certificado digital a la Sección «Mis solicitudes» de la sede electrónica y retomar su
expediente y seleccionar la opción de mejora de la solicitud.
3.6 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes.
En caso de falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a la
participación en el proceso selectivo, con independencia de la responsabilidad a que
hubiere lugar.
En cualquier caso, el Tribunal calificador podrá requerir de las personas aspirantes la
presentación de los originales de la documentación aportada, siendo excluidos del
concurso-oposición si no cumplimentaran el requerimiento.
3.7 El domicilio que figure en las solicitudes se considerará el único válido a efectos
de notificaciones de contestaciones a recursos y reclamaciones, excepto en lo
establecido en el resto de las bases de la presente convocatoria, donde la publicación en
los medios citados sustituirá a la notificación en el domicilio referido, siendo
responsabilidad exclusiva de la persona aspirante todos los errores en la consignación
del mismo, así como la comunicación de cualquier cambio de dicho domicilio posterior a
la solicitud.
3.8 A la solicitud se acompañará necesariamente:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad, NIE o pasaporte. Los aspirantes
extranjeros deberán presentar documento que acredite que es nacional de la Unión
Europea o de algún Estado al que, en virtud de los tratados internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores. Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia
compulsada de un documento que acredite esta condición. Todos los documentos
deberán estar traducidos al español.
b) Justificante de haber abonado los derechos de participación o transferencia
bancaria de haber realizado dicho abono de acuerdo con lo dispuesto en la base 3.3 Si
el abono se hubiera realizado mediante transferencia bancaria por vía telemática, se
deberá adjuntar una reproducción del documento (fotocopia o fotografía) en lugar del
justificante original emitido por la entidad.
c) Fotocopia del documento que acredite la titulación exigida para participar en el
proceso selectivo, y, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá
presentar también la credencial que acredite su homologación o reconocimiento, ambos
en un único fichero.
d) En el caso de estar exento del pago de los derechos de examen, justificante
acreditativo de la correspondiente condición a que da derecho, de acuerdo con lo
establecido en la base 3.3.
3.9 Las personas aspirantes que aleguen méritos para la fase de concurso deberán
acompañar a la solicitud relación circunstanciada de los méritos alegados. La no
presentación de la citada relación circunstanciada de méritos supone que la persona
aspirante no alega mérito alguno para la fase de concurso.
La documentación acreditativa de dichos méritos se presentará, por aquellas
personas aspirantes que superen la fase de oposición, en el plazo que el Tribunal
determine, mediante fotocopia firmada por la persona interesada, responsabilizándose

cve: BOE-A-2023-9686
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Núm. 94