III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-9698)
Resolución de 11 de abril de 2023, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, para el desarrollo de programas de apoyo a la competitividad del comercio minorista 2023.
14 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94
Jueves 20 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 56020
iv) Evaluar y realizar el seguimiento de las actuaciones presentadas en el marco del
presente convenio.
v) Evaluar y aprobar el informe final de las acciones acometidas y de la eficacia de
las mismas a través de la Comisión de Seguimiento a la que se refiere la cláusula
novena.
Cuarta. Selección de los proyectos.
Se promoverá el desarrollo de actuaciones en todas las comunidades autónomas y
ciudades autónomas, a través de la participación de, al menos, una Cámara por
comunidad autónoma. Asimismo, las acciones que desarrollen las Cámaras deberán
cubrir un amplio número de municipios de su demarcación.
El programa de actuaciones que desarrolle cada Cámara deberá contar con la
autorización de la autoridad competente en materia de comercio de la Comunidad
Autónoma de la que dependa, de manera previa a la aprobación por la Comisión de
Seguimiento. Además, se mantendrá informada a dicha autoridad competente sobre el
desarrollo de las actuaciones en su demarcación y de las modificaciones que se
produzcan en los programas de trabajo que le afecten.
La Comisión de Seguimiento, regulada en la cláusula novena del presente convenio,
con el fin de distribuir los fondos destinados a las actuaciones a desarrollar por las
Cámaras de Comercio, atenderá a los criterios que se describen a continuación y que
han sido informados en Conferencia Sectorial:
– Población de derecho de cada comunidad autónoma (a 1 de enero de 2022).
– Número de locales comerciales de comercio minorista, conforme al CNAE 2009
división 47 (a 1 de enero de 2022).
– Población activa en el sector comercial minorista, conforme al CNAE división 47
(4.º trimestre de 2022).
– Dispersión de la población.
– Insularidad y alejamiento.
Total.
100,0000
Andalucía.
17,2258
Aragón.
3,1425
Asturias.
2,1610
Baleares.
2,9394
Canarias.
5,3162
Cantabria.
1,2877
Castilla y León.
5,3307
Castilla-La Mancha.
4,4975
Cataluña.
15,7316
Comunidad Valenciana.
10,3011
Extremadura.
2,8623
Galicia.
5,5981
Madrid.
12,6572
Murcia.
3,0493
Navarra.
1,5197
cve: BOE-A-2023-9698
Verificable en https://www.boe.es
Porcentaje sobre el total
según criterios territorialidad
Núm. 94
Jueves 20 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 56020
iv) Evaluar y realizar el seguimiento de las actuaciones presentadas en el marco del
presente convenio.
v) Evaluar y aprobar el informe final de las acciones acometidas y de la eficacia de
las mismas a través de la Comisión de Seguimiento a la que se refiere la cláusula
novena.
Cuarta. Selección de los proyectos.
Se promoverá el desarrollo de actuaciones en todas las comunidades autónomas y
ciudades autónomas, a través de la participación de, al menos, una Cámara por
comunidad autónoma. Asimismo, las acciones que desarrollen las Cámaras deberán
cubrir un amplio número de municipios de su demarcación.
El programa de actuaciones que desarrolle cada Cámara deberá contar con la
autorización de la autoridad competente en materia de comercio de la Comunidad
Autónoma de la que dependa, de manera previa a la aprobación por la Comisión de
Seguimiento. Además, se mantendrá informada a dicha autoridad competente sobre el
desarrollo de las actuaciones en su demarcación y de las modificaciones que se
produzcan en los programas de trabajo que le afecten.
La Comisión de Seguimiento, regulada en la cláusula novena del presente convenio,
con el fin de distribuir los fondos destinados a las actuaciones a desarrollar por las
Cámaras de Comercio, atenderá a los criterios que se describen a continuación y que
han sido informados en Conferencia Sectorial:
– Población de derecho de cada comunidad autónoma (a 1 de enero de 2022).
– Número de locales comerciales de comercio minorista, conforme al CNAE 2009
división 47 (a 1 de enero de 2022).
– Población activa en el sector comercial minorista, conforme al CNAE división 47
(4.º trimestre de 2022).
– Dispersión de la población.
– Insularidad y alejamiento.
Total.
100,0000
Andalucía.
17,2258
Aragón.
3,1425
Asturias.
2,1610
Baleares.
2,9394
Canarias.
5,3162
Cantabria.
1,2877
Castilla y León.
5,3307
Castilla-La Mancha.
4,4975
Cataluña.
15,7316
Comunidad Valenciana.
10,3011
Extremadura.
2,8623
Galicia.
5,5981
Madrid.
12,6572
Murcia.
3,0493
Navarra.
1,5197
cve: BOE-A-2023-9698
Verificable en https://www.boe.es
Porcentaje sobre el total
según criterios territorialidad