III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2023-9701)
Resolución de 11 de abril de 2023, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con el Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística, para la realización de la encuesta de Centros y Servicios de Atención a las Personas sin Hogar 2022, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
<< 4 << Página 4
Página 5 Pág. 5
-
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 56037

Según lo dispuesto en el artículo 48.8 de la citada Ley 40/2015, el presente convenio
resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal. Asimismo será publicado, en el plazo de diez
días hábiles desde su formalización, en el «Boletín Oficial del Estado» sin perjuicio de su
publicación facultativa en el «Boletín Oficial del País Vasco».
Novena.

Régimen de extinción y resolución del convenio.

El presente convenio, de acuerdo al artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, se extinguirá por el cumplimiento de las
actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
Son causas de resolución:
– El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo.
– El acuerdo unánime de los firmantes.
– El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes.
– Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
– Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en las
leyes.
En caso de resolución del convenio por cualquier causa prevista en el mismo o en la
Ley, la Comisión de Seguimiento fijará el plazo para la finalización de las actuaciones
derivadas de este convenio que estén en ejecución, plazo que será improrrogable.
Décima.

Incumplimiento.

En caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por una de las partes, la
otra parte podrá notificar a la incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo
de quince días las obligaciones y/o compromisos que se consideren incumplidos. Este
requerimiento será comunicado a la Comisión de Seguimiento del Convenio. Si
transcurrido este plazo persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la
incumplidora la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el
convenio.
Undécima.

Modificación.

El presente convenio podrá ser modificado por acuerdo de ambas partes, a
propuesta de cualquiera de éstas, mediante la suscripción del oportuno acuerdo de
modificación, formalizado durante la vigencia del mismo.
Naturaleza, régimen Jurídico y jurisdicción aplicables.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regula por los artículos 47
a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por otro lado, las cuestiones litigiosas que se pudieran suscitar durante la vigencia
del mismo y que no hayan podido ser resueltas por la Comisión de Seguimiento del
Convenio, serán sometidas a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de acuerdo con
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de este orden jurisdiccional.
Y, en prueba de conformidad, firman el presente convenio, de forma electrónica
tomándose como fecha de firma la del último firmante, es decir el 10 de abril de 2023.–El
Director General de Planificación Estadística y Procesos del Instituto Nacional de
Estadística, por delegación de la Presidenta del Organismo (Resolución de 24 de octubre
de 2022 de la Presidencia del INE, BOE de 28 de octubre), Carlos Javier Ballano
Fernández.–El Director General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de
Estadística, Josu Iradi Arrieta.
https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-9701
Verificable en https://www.boe.es

Duodécima.