I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Declaración censal. Impuestos. (BOE-A-2023-9634)
Orden HFP/381/2023, de 18 de abril, por la que se modifican la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y la Orden HFP/417/2017, de 12 de mayo, por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los Libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria establecida en el artículo 62.6 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, y se modifica otra normativa tributaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 20 de abril de 2023

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de 30 de marzo, y el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Real
Decreto 634/2015, de 10 de julio.
En concreto, este real decreto regula en su artículo 3, apartado uno, la formación del
Registro de extractores de depósitos fiscales de productos incluidos en los ámbitos
objetivos de los impuestos sobre el alcohol y bebidas derivadas o sobre hidrocarburos a
que se refiere el apartado quinto del anexo de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del
Impuesto sobre el Valor Añadido, que estará integrado por las personas o entidades,
cualquiera que sea su condición, que extraigan de los depósitos fiscales los productos
incluidos en los ámbitos objetivos de los citados impuestos sobre el alcohol y bebidas
derivadas o sobre hidrocarburos.
Atendiendo a estas modificaciones legales y reglamentarias, esta orden tiene por
objeto incorporar al modelo 036, Declaración censal de alta, modificación y baja en
el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, la solicitud de inclusión y de baja
en el Registro de extractores de depósitos fiscales de productos incluidos en los ámbitos
objetivos de los impuestos sobre el alcohol y bebidas derivadas o sobre hidrocarburos,
regulado en el artículo 3.7 del Reglamento General de las actuaciones y los
procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes
de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007,
de 27 de julio.
En consecuencia, se procede a la modificación de la Orden EHA/1274/2007, de 26
de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta,
modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037
de Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de
empresarios, profesionales y retenedores.
En relación con el modelo 036 también se introduce una modificación de carácter
técnico para incluir la fecha de efectos de la adquisición o cese de la condición de
revendedor de teléfonos móviles, consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y
tabletas digitales a los que se refiere el artículo 84.uno 2.º de la Ley 37/1992, de 28 de
diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Finalmente, esta orden también tiene por objeto introducir una modificación en las
especificaciones técnicas que desarrollan la llevanza de los libros registro del impuesto
sobre el valor añadido a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria.
Esta modificación es consecuencia de la redacción dada por el artículo 5.uno del
citado Real Decreto 249/2023, de 4 de abril, al artículo 63.3 del Reglamento del
Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por Real Decreto 1624/1992, de 29 de
diciembre, y tiene como objetivo habilitar en el libro registro de facturas expedidas el
apunte de modificaciones en la base imponible y cuota por las que no exista obligación
de expedir una factura rectificativa, tales como las derivadas de la aplicación de
regímenes especiales en los que la determinación de la base imponible se realiza en
función del margen de beneficio.
Esta adaptación técnica requiere la modificación de la Orden HFP/417/2017, de 12
de mayo, por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que
desarrollan la llevanza de los Libros registro del Impuesto Sobre el Valor Añadido a
través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
establecida en el artículo 62.6 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido,
aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, y se modifica otra
normativa tributaria.
Esta orden consta de dos artículos, una disposición final única y un anexo.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la elaboración de esta orden se
ha efectuado de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Se cumplen los principios de necesidad y eficacia jurídica por derivar de las
modificaciones introducidas en normas de rango reglamentario y legal.

cve: BOE-A-2023-9634
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Núm. 94