I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Declaración censal. Impuestos. (BOE-A-2023-9634)
Orden HFP/381/2023, de 18 de abril, por la que se modifican la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y la Orden HFP/417/2017, de 12 de mayo, por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los Libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria establecida en el artículo 62.6 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, y se modifica otra normativa tributaria.
26 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2023

Modelo

NIF

Sec. I. Pág. 55796

Pág. 6

Apellidos y nombre o razón o denominación social

036

Espacio reservado para Nº justificante

7. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS, IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES E IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES.
A) Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Alta

Baja

Fecha

Obligación de realizar pagos fraccionados a cuenta del IRPF derivados del desarrollo de actividades económicas propias

600

602

Obligación de realizar pagos fraccionados a cuenta del IRPF derivados de su condición de miembro de una entidad en
régimen de atribución de rentas

601

603

Método de estimación en el IRPF:

Inclusión

Renuncia

- Estimación objetiva .............................................. 604

Revocación

Exclusión

605

(1)
606
607

610

(2)

Baja

(1)

Fecha

615

616

- Estimación directa


normal.................................. 608



simplificada........................... 609

(1)

611

612

617

618

619

650

Si determinaba el rendimiento neto de sus actividades económicas por el método de estimación objetiva y ha iniciado durante el año alguna actividad económica no incluida
o por la que se renuncie a dicho método, marcando las casillas [605] ó [607], indique el grupo o epígrafe/sección de I.A.E. o el código de aquéllas actividades, a las que
continuará aplicando el método de estimación objetiva hasta el final del período impositivo.
613

(2)

Si determinaba el rendimiento neto de sus actividades económicas por la modalidad simplificada del método de estimación directa y ha iniciado durante el año alguna actividad
económica por la que haya renunciado a esta modalidad, marcando la casilla [610], indique el grupo o epígrafe/sección de IAE o el código de aquéllas actividades, a las que
continuará aplicando la modalidad simplificada hasta el final del período impositivo.
614

B) Impuesto sobre Sociedades
Alta
Obligación de presentar declaración por el Impuesto sobre Sociedades..................................................................................

Baja

Fecha

620

641

Opción por el sistema de cálculo previsto en el artículo 40.3 de la Ley IS para la realización de los..........................................
pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades

621

642

Condición de entidad exenta en el Impuesto sobre Sociedades...............................................................................................

622

Fecha de cierre del próximo ejercicio económico 640

(dd/mm)

Fecha

En su caso, marque la casilla que corresponda:
623

Exención total (artículo 9.1 de la Ley IS)................................................................. 643

624

Exención parcial (artículo 9.2 de la Ley IS)

625

Exención parcial (artículo 9.3 de la Ley IS).............................................................. 645

627

Exención parcial (artículo 9.4 de la Ley IS)............................................................. 647

........................................................ 644

Fecha

Ejercitada la opción por el régimen de consolidación fiscal, renuncia a su aplicación.............................................................. 626

646

C) Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes o a entidades
en atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español
Modalidad de establecimiento permanente:
630

Régimen general

631

Actividades art. 18.3 texto refundido Ley IRNR

632

Actividades art. 18.4 texto refundido Ley IRNR



Alta

Baja

Fecha

Opción por el régimen general, en los términos del artículo 18.4 texto refundido Ley IRNR................................. 633

636

Obligación de presentar declaración por el IRNR, correspondiente a establecimientos permanentes o a entidades en
atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español...................................................................... 634

637

Opción por el sistema de cálculo previsto en el artículo 40.3 de la Ley IS para la realización de los pagos
fraccionados a cuenta del IRNR, correspondiente a establecimientos permanentes o a entidades en atribución de rentas
constituidas en el extranjero con presencia en terrirorio español ................................................................................................... 635

638

Fecha
651

Ejerce la opción por el Régimen fiscal especial del Título II de la Ley 49/2002.................................................................................... 653

652

Ejercitada la opción por el Régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, renuncia a su aplicación.......................................................... 654

Ejemplar para la Administración

cve: BOE-A-2023-9634
Verificable en https://www.boe.es

8. RÉGIMEN FISCAL ESPECIAL DEL TÍTULO II DE LA LEY 49/2002.