III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-9606)
Resolución 420/38161/2023, de 13 de abril, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación de Empresarios de la Pequeña y Mediana Empresa de Pontevedra, para el desarrollo de actividades que complementen la formación e impulsen el aprovechamiento de las capacidades profesionales del personal militar fomentando su incorporación al ámbito civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Miércoles 19 de abril de 2023
Segunda.

Sec. III. Pág. 55620

Actuaciones del Ministerio de Defensa.

a) Promover y facilitar la participación de los candidatos en las acciones de
formación que se determinen, relacionadas con el proceso de incorporación de los
militares al ámbito laboral civil y de la empresa.
b) Difundir las ofertas de empleo, de formación u otras actividades, a través del
«Sistema de apoyo al desarrollo profesional del personal militar», en adelante
SAPROMIL, o de los medios internos de información del MINISDEF.
c) Gestionar las autorizaciones y los permisos necesarios para los militares
seleccionados en los programas de formación y salidas profesionales que se
establezcan.
d) Designar un interlocutor con la AEMPE para el seguimiento del convenio.
Tercera. Actuaciones de la Asociación de Empresarios de la Pequeña y Mediana
Empresa de Pontevedra.
a) Difundir entre sus asociados el contenido de este convenio, en aras de facilitar la
incorporación del personal de las FAS al mercado laboral.
b) Propiciar la identificación por parte de las empresas de su Asociación, de
puestos de trabajo susceptibles de ser ofertados al personal militar objeto de este
convenio, para facilitar su eventual incorporación laboral. Las empresas inscribirán las
ofertas de empleo que consideren oportunas en la aplicación informática SAPROMIL
(www.sapromil.es).
c) Facilitar información sobre los cursos de formación programados por la AEMPE,
por si fueran de interés para el personal militar al que se refiere este convenio.
d) Impartir jornadas informativas anuales en materia de orientación laboral y
emprendimiento y autoempleo al personal de las FAS, destinado en la provincia de
Pontevedra o que tengan arraigo con dicha provincia.
e) Designar un interlocutor con el MINISDEF para el seguimiento del convenio.
Cuarta. Desarrollo del convenio.
La coordinación de las actividades y relaciones institucionales se llevarán a cabo a
través de la Subdirección General de Reclutamiento y Orientación Laboral.
El MINISDEF y la AEMPE podrán citar la presente línea de colaboración en la
publicidad institucional que se relacione con las actividades objeto del convenio,
utilizando sus logotipos oficiales.
Ambas partes podrán públicamente difundir las condiciones de este convenio y los
resultados obtenidos.
Quinta.

Financiación.

Este convenio no implica por sí mismo obligación alguna de contenido económico
para ninguna de las partes. Por lo tanto, no generará ni dará lugar a contraprestaciones
financieras que requieran, en su caso, de otros acuerdos y formalidades, ni supondrá
coste económico adicional al MINISDEF como entidad.
Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.

Ambas partes acuerdan crear una comisión mixta paritaria de control y seguimiento
(Comisión Mixta) de las acciones previstas en este convenio, integrada por dos
representantes de cada institución firmante que se designen, que se constituirá en el
plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de inscripción del convenio en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, con alternancia anual de la Presidencia, iniciada por el MINISDEF.

cve: BOE-A-2023-9606
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.