III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-9621)
Resolución de 3 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de empresas de elaboración de productos del mar con procesos de congelación y refrigeración.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Miércoles 19 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 55672

– Actividades de almacén que, además de tareas de carga, descarga, apilamiento y
distribución, con ayuda o no de elementos mecánicos, impliquen comprobación de
entradas y salidas de mercancías, pesaje y despacho de las mismas con
cumplimentación de albaranes y partes, registrando en los libros de material el
movimiento que se haya producido durante la jornada.
– Conductores de vehículos en posesión de carnet de conducir necesario, que
realizan funciones de reparto que incluya la carga, custodia, entrega y distribución de
mercancías nota de pedidos y cobro de las ventas realizadas. En los vehículos
frigoríficos cuidará de la temperatura de la mercancía transportada.
III. Grupo profesional 3.
1) Criterios generales: Tareas consistentes en la ejecución de operaciones que, aun
cuando se realicen bajo instrucciones precisas, requieran adecuados conocimientos
profesionales y aptitudes prácticas y cuya responsabilidad está limitada por una
supervisión directa o sistemática.
2) Formación: Titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su
profesión equivalentes a Educación General Básica o Formación Profesional 1.
complementada con una formación específica en el puesto de trabajo.
Ejemplos: En este grupo profesional se incluyen todas aquellas actividades que por
analogía son equiparables a las siguientes:
– Tareas de producción que encajen en los anteriores criterios generales.
– Tareas administrativas o de producción, que con iniciativa y responsabilidad
restringida, consisten en un servicio determinado con o sin otros empleados a sus
órdenes, tales como:
● Funciones de cobro y pago sin firma y fianza.
● Confección y cálculo de facturas.
● Cálculo de estadística.
● Transcripción en libros de cuentas corrientes.
● Redacción de correspondencia comercial.
● Liquidaciones y cálculos de las nóminas y operaciones análogas.
● Mecanografía en idioma extranjero.
● Tareas de información, oferta, promoción, venta, distribución y cobro a domicilio de
mercancías y demás actividades comerciales que se deriven.
● Labores sin iniciativa propia de promoción y propaganda científica comercial.
IV. Grupo profesional 4.

Ejemplos: En este grupo profesional se incluyen todas aquellas actividades que por
analogía son equiparables a las siguientes:
– Actividades de producción que impliquen un nivel de polivalencia tal que requieran
el conocimiento completo de los diferentes puestos de una línea de producción, que
permita la puesta en marcha de los servicios auxiliares y la realización de ajustes previos
necesarios en máquinas e instalaciones, logrando las condiciones adecuadas para la
fabricación, implicando el control y vigilancia y mando de los equipos de trabajo y la
seguridad de la calidad del producto.

cve: BOE-A-2023-9621
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1) Criterios generales: Trabajos de ejecución autónoma que exijan, habitualmente,
iniciativa por parte de las personas trabajadoras que los desempeñan, comportando,
bajo supervisión, la responsabilidad de los mismos y pudiendo ser ayudados por otro u
otras personas trabajadoras.
2) Formación: Titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su
profesión equivalentes a Bachillerato Unificado y Polivalente o Formación Profesional 2,
complementada con formación específica en el puesto de trabajo.