III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-9621)
Resolución de 3 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de empresas de elaboración de productos del mar con procesos de congelación y refrigeración.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Miércoles 19 de abril de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
9621

Resolución de 3 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el Convenio colectivo de empresas de elaboración
de productos del mar con procesos de congelación y refrigeración.

Visto el texto del convenio colectivo de empresas de elaboración de productos del
mar con procesos de congelación y refrigeración (código de convenio 99100085012011),
que fue suscrito con fecha 21 de diciembre de 2022, de una parte por CONXEMAR, en
representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos de UGT-FICA y
CC.OO. de Industria en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 3 de abril de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS DE ELABORACIÓN DE PRODUCTOS DEL
MAR CON PROCESOS DE CONGELACIÓN Y REFRIGERACIÓN
CAPÍTULO PRIMERO
Ámbito de aplicación y vigencia

El convenio regula las relaciones laborales de todas las empresas cuya actividad es
el ejercicio de la industria de elaboración y/o transformación de productos de pescados,
mariscos y cefalópodos, congelados y/o refrigerados y derivados, y el personal que en
ellas presta sus servicios.
Se considera que integran dicha industria las fábricas y explotaciones dedicadas a la
producción industrial de productos de pescados, mariscos y cefalópodos y derivados
conservados mediante la técnica de refrigeración y/o congelación.
Artículo 2.

Eficacia y alcance obligacional.

Dada la naturaleza normativa y eficacia general, que le viene dada por lo dispuesto
en el Título III del Estatuto de los Trabajadores y por la representatividad de las
empresas firmantes, el presente convenio obligará a todas las asociaciones, entidades,

cve: BOE-A-2023-9621
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1. Ámbito funcional.