III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2023-9628)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 15 de marzo de 2023, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat, en relación con la Ley 2/2022, de 22 de julio, de ordenación del ejercicio de las profesiones del deporte y la actividad física en la Comunitat Valenciana.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Miércoles 19 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 55772

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL
9628

Resolución de 12 de abril de 2023, de la Secretaría General de Coordinación
Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 15 de marzo de 2023, de la
Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del EstadoGeneralitat, en relación con la Ley 2/2022, de 22 de julio, de ordenación del
ejercicio de las profesiones del deporte y la actividad física en la Comunitat
Valenciana.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 12 de abril de 2023.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General
del Estado-Generalitat en relación con la Ley 2/2022, de 22 de julio, de ordenación
del ejercicio de las profesiones del deporte y la actividad física en la Comunitat
Valenciana
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat
ha adoptado el siguiente acuerdo:
Primero.
De conformidad con las negociaciones previas mantenidas por el grupo de trabajo
constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral de
Cooperación Administración General del Estado-Generalitat para el estudio y propuesta
de solución de las discrepancias competenciales manifestadas sobre la Ley 2/2022,
de 22 de julio, de ordenación del ejercicio de las profesiones del deporte y la actividad
física en la Comunitat Valenciana, ambas partes las consideran solventadas en razón de
los compromisos siguientes asumidos respecto de los preceptos de dicha Ley:

Ambas partes coinciden en considerar que los citados preceptos deben ser
interpretados a la luz del artículo 12.1 de la propia Ley 2/2022 en virtud de la cual
«Quienes pretendan ejercer alguna de las profesiones del deporte y la actividad física
que se regulan en la presente ley deberán acreditar su cualificación profesional mediante
la posesión de las titulaciones académicas oficiales requeridas en el presente capítulo o
de los diplomas, certificados o titulaciones no académicas que acrediten la formación
necesaria correspondiente en cada una de las profesiones establecidas en esta ley.
También podrán ejercer las profesiones reguladas en la presente Ley quienes dispongan
de diplomas, certificados o títulos homologados, reconocidos profesionalmente o
declarados equivalentes en los términos que resulte de las leyes estatales y del resto del
ordenamiento jurídico vigente en cada momento.
En consecuencia, los citados artículos han de ser entendidos en el sentido de que la
acreditación de las cualificaciones necesarias para ejercer las profesiones de la actividad
física y del deporte, en ellos reguladas, puede obtenerse, tanto mediante títulos oficiales

cve: BOE-A-2023-9628
Verificable en https://www.boe.es

a) En relación con los artículos 5 a 11, 13 a 17, 22 y disposición adicional primera.