V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2023-11235)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Almería por la que se concede Autorización Administrativa Previa y de Construcción y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública del proyecto denominado "Ejecución de línea eléctrica de alta tensión 20 kV y CT en edificio para alimentación de los servicios auxiliares de la subestación Calaspasol en T.M. Níjar (Almería)" NI 4958/10269.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Martes 18 de abril de 2023

Sec. V-B. Pág. 17597

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

11235

Re solución de la De le gación Te rritorial de Economía, Hacie nda y
Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Almería por la
que se concede Autorización Administrativa Previa y de Construcción y
Declaración, en concreto, de Utilidad Pública del proyecto denominado
"Ejecución de línea eléctrica de alta tensión 20 kV y CT en edificio para
alimentación de los servicios auxiliares de la subestación Calaspasol en
T.M. Níjar (Almería)" NI 4958/10269.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Con fecha 28 de septiembre de 2022, CALASPASOL1, SLU, con
domicilio en C/ Poeta Joan Maragall, 1, planta 5ª, Madrid, solicitó la Autorización
Administrativa previa, Autorización de construcción y Declaración, en concreto, de
Utilidad Pública del Proyecto denominado "Ejecución de línea eléctrica de alta
tensión 20 kV y CT en edificio para alimentación de los servicios auxiliares de la
subestación Calaspasol, en T.M Níjar (Almería)", número de expediente NI 4958/
10269.
Segundo.- De acuerdo con el articulo 144 del real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica, se sometió el expediente a Información Pública insertándose
anuncios en el Boletín Oficial del Estado nº 299, de 14 de diciembre de 2022,
corrección de errores en el n.º 310, de 27 de diciembre de 2022; Boletín Oficial de
la de la Junta de Andalucía, nº 246, de 27 de diciembre de 2022; Boletín Provincia
de Almería nº 237, de 13 de diciembre de 2022; y en el periódico Diario de Almería
de fecha 19 de diciembre de 2022. Asimismo, se publicó en el tablón de anuncios
municipal del Ayuntamiento de Níjar.
En dichos anuncios se incluían relación concreta y detallada de bienes y
derechos afectados por la citada instalación.
Tercero.- Dentro del plazo de información pública se formularon alegaciones
por D. Emilio Rodríguez Martín y D. Francisco Rodríguez Martín. En ellas se
manifestaban de forma sucinta, lo siguiente:

- Segundo: Para evitar esos perjuicios se propone que el trazado discurra junto
al de la línea de AVE en construcción. Asimismo, alegan que la altura de los
apoyos y de la línea han de ser conforme a la normativa vigente, debiendo
respetarse la distancia con los invernaderos proyectados en la finca para evitar
riesgos para las personas.
Por último, se alude a la valoración, a efectos de expropiación, de la
imposibilidad de invernar la finca.

cve: BOE-B-2023-11235
Verificable en https://www.boe.es

- Primero: Que los alegantes son propietarios de la parcela 99 del polígono 56,
radicada en el término municipal de Níjar, encontrándose afectada por el trazado
proyectado de la línea eléctrica; siendo atravesada por ésta y estando previsto la
colocación de los apoyos 17 y 18 en dicha parcela. Aducen que este hecho les
ocasiona graves perjuicios, ya que se divide la finca en dos impidiendo que la
misma pueda ser invernada, puesto que se ha proyectado el trazado de dos
caminos como acceso a los referidos apoyos.