V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. (BOE-B-2023-11240)
Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática sobre la autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto de Nueva red de baja tensión en la c. del Puig des Teix y ampliación de transformador CT Bestard Bauzà.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Martes 18 de abril de 2023

Sec. V-B. Pág. 17627

nuevas alegaciones en el trámite de audiencia.
26. El 2 de diciembre de 2022 se notifica a la Sra. Margarita Bauzà Seguí
sobre el informe desfavorable a sus alegaciones y sobre el trámite de audiencia.
27. El 1 de febrero de 2023 se notifica al Sr. Juan Ferrer Mas sobre el informe
desfavorable a sus alegaciones y sobre el trámite de audiencia.
28. El 14 de febrero de 2023 los técnicos de la Dirección General de Energía y
Cambio Climático emiten un informe desfavorable sobre las alegaciones
presentadas por el Sr. Jaime Bestard Jaume durante el trámite de audiencia e
informan favorablemente sobre la solicitud de autorización administrativa y
declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto de Nueva red de baja
tensión en la c. del Puig des Teix y ampliación de transformador CT Bestard
Bauzà.
Estudio de las alegaciones presentadas durante la información pública
Primera alegación
En la primera alegación, el Sr. Jaime Bestard Jaume manifiesta:
No consta evaluación de impacto ambiental exigidos por la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, de evaluación de impacto ambiental, en especial, por lo que se
refiere a proyectos y criterios contenidos en los anexos II y III de la citada Ley
habida cuenta de las dimensiones y diseño conjunto del proyecto y de eventuales
riesgos para la salud humana (contaminación electromagnética).
Lo anterior supone la infracción de los dispuesto en el artículo 53.1 de la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
La respuesta de Edistribución Redes Digitales, SLU a esta alegación es:
Argumenta el alegante que no consta la evaluación de impacto ambiental del
proyecto, en consonancia con los Anexos I y II de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental de proyectos, por cuanto considera la
instalación de gran dimensión y riesgo para la salud humana.

Por el contrario se someten a evaluación de impacto ambiental aquellos
proyectos de construcción de líneas de transmisión de energía eléctrica con un
voltaje igual o superior a 220 kV y una longitud superior a 15 km, salvo que
discurran íntegramente en subterráneo por suelo urbanizado, así como sus
subestaciones asociadas (anexo I de la Ley 21/2013); y a evaluación de impacto
ambiental simplificada la construcción de líneas para la transmisión de energía
eléctrica (proyectos no incluidos en el anexo I) con un voltaje igual o superior a 15
kV, que tengan una longitud superior a 3 km, salvo que discurran íntegramente en
subterráneo por suelo urbanizado, así como sus subestaciones asociadas (anexo
II de la Ley 21/2013).
Por lo tanto, en base a las características técnicas del proyecto en trámite no

cve: BOE-B-2023-11240
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Pues bien, el proyecto consiste en la extensión de red de baja tensión y
ampliación del Centro de Transformación existente, es decir, suministro eléctrico
en baja tensión con la finalidad de dotar al suelo de los servicios urbanísticos
básicos necesarios (junto con la red viaria, alcantarillado y abastecimiento de
agua).