III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Agentes de la Propiedad Industrial. (BOE-A-2023-9535)
Resolución de 3 de abril de 2023, de la Dirección de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se convocan exámenes de aptitud acreditativos de los conocimientos necesarios para el ejercicio de la actividad profesional de Agente de la Propiedad Industrial y del conocimiento del Derecho español para el reconocimiento de la cualificación profesional para el ejercicio en España de la actividad de Agente de la Propiedad Industrial a ciudadanos de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92
Martes 18 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 55319
Decreto 316/2017, de 31 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para
la ejecución de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes. La OEPM es la responsable
del tratamiento de esos datos. El ejercicio de los derechos de protección de datos
de los solicitantes se podrá ejercer mediante comunicación al correo
protecciondedatos@oepm.es. La OEPM publica su política de protección de datos en
www.oepm.es/es/protecciondatos.html. Los interesados pueden ejercer sus derechos
también en la Agencia Española de Protección de Datos www.aepd.es.
4.
Admisión de solicitantes.
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la
Dirección de la OEPM dictará, en el plazo máximo de un mes, dos resoluciones, una por
cada convocatoria a las que se refieren las bases 1.1 y 1.2, declarando aprobada la lista
provisional de admitidos y excluidos y fijando el lugar, fecha y hora del comienzo del
primer ejercicio. También se publicarán en esta sección las convocatorias para los
ejercicios segundo y tercero, así como notas informativas y aclaratorias del Tribunal
calificador.
Estas resoluciones se publicarán en la sección Empleo de la página web de la
OEPM. Ambas resoluciones declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes
admitidos y excluidos.
En las listas de admitidos y excluidos deberán figurar el nombre y apellidos, y el
número del documento nacional de identidad, del pasaporte o del documento de
identificación correspondiente en la forma que determina la disposición adicional séptima
de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
Garantía de los Derechos Digitales.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir estos exámenes de aptitud, el Tribunal publicará un
cronograma orientativo con las fechas de realización de los exámenes.
4.2 Los aspirantes excluidos y los omitidos dispondrán de un plazo de diez días
hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de las resoluciones
referidas en la base 4.1, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u
omisión.
Transcurrido dicho plazo, en el caso de haber modificaciones, la persona titular de la
Dirección de la OEPM dictará las correspondientes resoluciones definitivas, que se
publicarán en la sección Empleo de la página web de la OEPM. De no existir
modificaciones, transcurrido el plazo de diez días hábiles, las resoluciones provisionales
se considerarán firmes.
4.3 Los derechos de examen de la respectiva convocatoria serán reintegrados de
oficio a los aspirantes que hayan resultado no admitidos, siempre y cuando la causa
de exclusión no sea imputable al interesado.
Tribunal.
5.1 El Tribunal calificador de los exámenes es el que figura en el anexo IV de esta
convocatoria.
5.2 El Tribunal adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes
con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en los
exámenes en igualdad de condiciones que el resto de los participantes.
5.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la
persona titular de la Dirección de la OEPM cuando concurra en ellos alguna de las
circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público o si hubiesen realizado tareas de preparación
de aspirantes a estos exámenes de aptitud en los cinco años anteriores a la publicación
de la presente convocatoria. El Presidente del Tribunal solicitará de los miembros del
mismo, declaración expresa de no hallarse incursos en alguna de las circunstancias
anteriores.
cve: BOE-A-2023-9535
Verificable en https://www.boe.es
5.
Núm. 92
Martes 18 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 55319
Decreto 316/2017, de 31 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para
la ejecución de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes. La OEPM es la responsable
del tratamiento de esos datos. El ejercicio de los derechos de protección de datos
de los solicitantes se podrá ejercer mediante comunicación al correo
protecciondedatos@oepm.es. La OEPM publica su política de protección de datos en
www.oepm.es/es/protecciondatos.html. Los interesados pueden ejercer sus derechos
también en la Agencia Española de Protección de Datos www.aepd.es.
4.
Admisión de solicitantes.
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la
Dirección de la OEPM dictará, en el plazo máximo de un mes, dos resoluciones, una por
cada convocatoria a las que se refieren las bases 1.1 y 1.2, declarando aprobada la lista
provisional de admitidos y excluidos y fijando el lugar, fecha y hora del comienzo del
primer ejercicio. También se publicarán en esta sección las convocatorias para los
ejercicios segundo y tercero, así como notas informativas y aclaratorias del Tribunal
calificador.
Estas resoluciones se publicarán en la sección Empleo de la página web de la
OEPM. Ambas resoluciones declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes
admitidos y excluidos.
En las listas de admitidos y excluidos deberán figurar el nombre y apellidos, y el
número del documento nacional de identidad, del pasaporte o del documento de
identificación correspondiente en la forma que determina la disposición adicional séptima
de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
Garantía de los Derechos Digitales.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir estos exámenes de aptitud, el Tribunal publicará un
cronograma orientativo con las fechas de realización de los exámenes.
4.2 Los aspirantes excluidos y los omitidos dispondrán de un plazo de diez días
hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de las resoluciones
referidas en la base 4.1, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u
omisión.
Transcurrido dicho plazo, en el caso de haber modificaciones, la persona titular de la
Dirección de la OEPM dictará las correspondientes resoluciones definitivas, que se
publicarán en la sección Empleo de la página web de la OEPM. De no existir
modificaciones, transcurrido el plazo de diez días hábiles, las resoluciones provisionales
se considerarán firmes.
4.3 Los derechos de examen de la respectiva convocatoria serán reintegrados de
oficio a los aspirantes que hayan resultado no admitidos, siempre y cuando la causa
de exclusión no sea imputable al interesado.
Tribunal.
5.1 El Tribunal calificador de los exámenes es el que figura en el anexo IV de esta
convocatoria.
5.2 El Tribunal adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes
con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en los
exámenes en igualdad de condiciones que el resto de los participantes.
5.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la
persona titular de la Dirección de la OEPM cuando concurra en ellos alguna de las
circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público o si hubiesen realizado tareas de preparación
de aspirantes a estos exámenes de aptitud en los cinco años anteriores a la publicación
de la presente convocatoria. El Presidente del Tribunal solicitará de los miembros del
mismo, declaración expresa de no hallarse incursos en alguna de las circunstancias
anteriores.
cve: BOE-A-2023-9535
Verificable en https://www.boe.es
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