III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2023-9539)
Resolución de 15 de abril de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 23 de febrero de 2023, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa («Scomber scombrus») de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de Lugo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Martes 18 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 55367

conviene pues actualizar el contenido del apartado Tercero de la Resolución de 23 de
febrero de 2023 así como el anexo correspondiente al listado de barcos que pueden
hacer pesca dirigida de caballa para la campaña 2023 y dejar sin efecto lo recogido en
los apartados cuarto y sexto.
En virtud de lo anterior, la Secretaría General de Pesca, a propuesta de la
Federación Provincial de Cofradías de Pescadores de Lugo, para los buques de la
modalidad de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de
Lugo, y oído el sector afectado, resuelve lo siguiente:
Primero.
Modificar el apartado Tercero de la Resolución de 23 de febrero de 2023 que queda
como sigue:
«La cuota adaptada definitiva de caballa en 2023 para los barcos objeto de
esta resolución es de 702.938 kg.
De la cantidad anterior, se destinan 702.438 kg para los barcos que realicen
sus capturas con líneas de mano y/o cordel (pesca dirigida) y aparezcan
referenciados en el listado que figura en el anexo de la presente resolución.
Se elimina la fijación de topes de captura en el listado del anexo de la
resolución.»
Segundo.
Queda sin efecto el contenido de los apartados cuarto y sexto de la Resolución de 23
de febrero de 2023.
Tercero.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes,
se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 15 de abril de 2023.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime García.
ANEXO
Listado de barcos que pueden hacer pesca dirigida de caballa para la
campaña 2023
Nombre buque

CFPO

BURELA.

ADRIALEX.

24129

BURELA.

ANGEL MANUEL PRIMERO.

22119

BURELA.

AXIÑA.

24370

BURELA.

CABALIÑO.

26684

BURELA.

CARMIÑA.

4288

BURELA.

DEPREDADOR.

25299

BURELA.

ESPADIN DOUS.

23041

BURELA.

HERMANOS PAINCEIRA.

23934

BURELA.

JORMAR.

23717

cve: BOE-A-2023-9539
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