III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2023-9539)
Resolución de 15 de abril de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 23 de febrero de 2023, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa («Scomber scombrus») de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de Lugo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Martes 18 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 55366

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Resolución de 15 de abril de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la
que se modifica la de 23 de febrero de 2023, por la que se establecen
disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa
(«Scomber scombrus») de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de
otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de
Lugo.

La Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la
que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa
(Scomber scombrus) de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de otras artes
distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de Lugo estableció el inicio
de la pesquería dirigida de los buques de otras artes diferentes de arrastre y cerco con
puerto base en la provincia de Lugo para la campaña de 2023 a partir de las 00:00 horas
(hora peninsular) del día 24 de febrero de 2023.
En dicha resolución se fijaba una cuota inicial provisional de caballa en 2023 para los
barcos objeto de esta resolución de 669.501 kg, de los que se destinaron 636.435 kg
para los barcos que, realizando sus capturas con líneas de mano y/o cordel (pesca
dirigida) contaran con topes de capturas de kilos y aparecieran referenciados en el
listado del anexo. Para aquellos barcos que pescaran usando redes de enmalle, barcos
de artes menores que usen aparejos de anzuelo distintos de las líneas de mano y/o
cordel y barcos de la modalidad de palangre de fondo, volanta y rasco que no estuvieran
en el listado del anexo de dicha resolución, se destinaron 32.566 kg y se dejó una
reserva de 500 kg para el último trimestre del año, contra los que se computarían las
capturas de los barcos que no aparecieran en el listado del anexo de la Resolución de 23
de febrero de 2023.
Por otro lado, del saldo global de la optimización de la cuota española de caballa de
la campaña de 2022, a las provincias de otras artes diferentes de arrastre y cerco del
Cantábrico y Noroeste les corresponden 118.625 kg en base a los criterios de reparto
establecidos por la Orden AAA/2534/2015, de 17 noviembre. De ellos, 6.867 kg
corresponden a la provincia de Lugo.
Asimismo, según el apartado primero de la Resolución de 15 de abril de 2023, de la
Secretaría General de Pesca, por la que se lleva a cabo el reparto de las cuotas
adicionales de caballa obtenidas para 2023 por intercambio con Países Bajos y Polonia,
a las provincias de otras artes diferentes de arrastre y cerco del Cantábrico y Noroeste
les corresponden distintas cantidades de caballa, según de describe en el anexo II de
dicha resolución en base a los criterios de reparto establecidos por la Orden
AAA/2534/2015, de 17 noviembre. Para el caso de la provincia de Lugo, esta cantidad
adicional de caballa es de 20.040 kg,
Por último, se procede en este momento a redistribuir la deducción por sobrepesca
de caballa tras el cierre de la campaña 2022 de algunas entidades a nivel interno en
España, correspondiéndole 6.529 kg de caballa a la provincia de Lugo.
En consecuencia, la cuota adicional total de caballa que se debe asignar a la
provincia de Lugo asciende a 33.436 kg, lo que hace que su cuota adaptada definitiva
pase a ser de 702.938 kg.
La Federación Provincial de Cofradías de Pescadores de Lugo ha comunicado que
dicha cantidad de cuota adicional de caballa se va a destinar para pesca dirigida, por lo
que la cantidad de ésta asciende así a 702.438 kg.
Asimismo, se solicita por parte de la Federación provincial la eliminación de los topes
comunes de captura de los buques en función de su número de tripulantes, por lo que

cve: BOE-A-2023-9539
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