III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2023-9538)
Resolución de 15 de abril de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 14 de marzo de 2023, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa («Scomber scombrus») de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de A Coruña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Martes 18 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 55359

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Resolución de 15 de abril de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la
que se modifica la de 14 de marzo de 2023, por la que se establecen
disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa
(«Scomber scombrus») de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de
otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de A
Coruña.

La Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la
que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa
(Scomber scombrus) de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de otras artes
distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de A Coruña estableció el
inicio de la pesquería dirigida de los buques de otras artes diferentes de arrastre y cerco
con puerto base en la provincia de A Coruña para la campaña de 2023 a partir de
las 00:00 horas (hora peninsular) del día 20 de marzo de 2023, con excepción de los
buques de volanta cuyo inicio de la pesquería daría comienzo desde las 00:00 horas
(hora peninsular) del día siguiente a la firma de esa resolución (el 15 de marzo). En dicha
resolución se fijaba una cuota inicial de caballa en 2023 para los barcos objeto de esta
resolución de 827.101 kg. De esta cantidad, se destinó el 50 % (413.550,50 kg) para la
pesca dirigida que podría ser realizada por los buques que figuraran en el listado del
anexo de la resolución y que utilizaran líneas de mano y anzuelos estableciéndose topes
de captura para cada buque por tripulante y semana con un máximo de 10.000 kg/
embarcación a la semana. El 33 % de la cuota provincial (272.943,00 kg) se asignó para
pesca accesoria no dirigida para los barcos distintos de la modalidad de volanta, con un
tope de captura de 2.000 kg por embarcación al mes. Por último, el 17 % restante de la
cuota inicial provincial (140.607,00 kg) se reservó para ser pescada por los barcos de
volanta mediante este arte.
Mediante la Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Pesca,
por la que se modifica la Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Secretaría General de
Pesca, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería
de la caballa (Scomber scombrus) de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de
otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de A Coruña, se
modificó el anexo de la resolución para actualizar el listado de buques autorizados por la
Federación Provincial de A Coruña para realizar la pesca dirigida de caballa.
Por otro lado, del saldo global de la optimización de la cuota española de caballa de
la campaña de 2022, a las provincias de otras artes diferentes de arrastre y cerco del
Cantábrico y Noroeste les corresponden 118.625 kg en base a los criterios de reparto
establecidos por la Orden AAA/2534/2015, de 17 noviembre. De ellos, 8.184 kg
corresponden a la provincia de A Coruña.
Asimismo, según el apartado Primero de la Resolución de 15 de abril de 2023, de la
Secretaría General de Pesca, por la que se lleva a cabo el reparto de las cuotas
adicionales de caballa obtenidas para 2023 por intercambio con Países Bajos y Polonia,
a las provincias de otras artes diferentes de arrastre y cerco del Cantábrico y Noroeste
les corresponden distintas cantidades de caballa según de describe en el anexo II de
dicha resolución, en base a los criterios de reparto establecidos por la Orden
AAA/2534/2015, de 17 noviembre. Para el caso de la provincia de A Coruña, esta
cantidad adicional de caballa es de 23.882 kg.
Por último, se procede en este momento a redistribuir la deducción por sobrepesca
de caballa tras el cierre de la campaña 2022 de algunas entidades a nivel interno en
España, correspondiéndole 7.780 kg de caballa a la provincia de A Coruña.

cve: BOE-A-2023-9538
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