III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Empresas de Transformación Agraria. Tarifas. (BOE-A-2023-9530)
Resolución de 13 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión para la determinación de tarifas de Tragsa, por el que se aprueban las Tarifas 2023 aplicables a las actuaciones a realizar por Tragsa y Tragsatec para aquellas entidades respecto de las cuales tenga la consideración de medio propio personificado y servicio técnico en los términos previstos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y se revisan los coeficientes para la actualización de los precios simples en actuaciones no sujetas a impuestos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Martes 18 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 55264

En consecuencia, la Comisión mencionada, en su reunión del 30 de marzo de 2023,
acuerda:
1. La aprobación de las Tarifas 2023, actualización de los precios simples, de los
porcentajes de costes indirectos y de gastos generales, cuya revisión económica
respecto de las aprobadas en 2022 arroja el siguiente resultado:
Tarifa 2023

Porcentaje

Variación media ponderada de precios simples % tarifas 2023-2022.

5,47

Porcentaje costes Obras y servicios de TRAGSA.
indirectos.
Servicios de consultoría y asistencias técnicas de TRAGSATEC.

7,50

Porcentaje gastos generales.

6,00

5,00

2. Revisar los coeficientes para la actualización de los precios simples aprobados
por Acuerdo de la Comisión publicado mediante Resolución de la Subsecretaria de
Hacienda de 6 de abril de 2022 (BOE del 11 de abril) en los siguientes términos:
Datos 2022 de actuaciones de ámbito nacional en el Grupo TRAGSA

Producción no
sujeta a
impuestos.
Cuota impuestos
soportados
fiscalmente no
deducibles.
Coeficiente para la
actualización de
precios simples.

TRAGSATEC

Resto territorio
nacional

Canarias

Resto territorio
nacional

Canarias

564.758.174,76 €

77.702.346,99 €

442.859.792,95 €

10.519.496,33 €

50.244.202,21 €

2.297.725,81 €

8.698.206,77 €

181.768,39 €

1,0890

1,0296

1,0196

1,0173

Estos coeficientes también serán de aplicación a las unidades valoradas mediante
precios de usuario específicos por no disponer de tarifa aprobada.
3. Las citadas tarifas serán aplicables a las actuaciones a realizar por TRAGSA y
TRAGSATEC para aquellas entidades respecto de las cuales tengan la consideración de
medio propio personificado y servicio técnico en los términos previstos en la disposición
adicional vigesimocuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector
público. Las nuevas tarifas se encuentran depositadas en la Secretaria de la citada
Comisión y pueden ser consultadas en la página web de la empresa (www.tragsa.es).
4. Las Tarifas 2023 serán de aplicación a los encargos en los que la fecha de
formalización sea igual o posterior a la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial del
Estado», pero no a las anualidades sucesivas de las actuaciones en curso, salvo que deriven
exclusivamente de un cambio normativo que modifique los costes reales de realización de los
encargos pendientes de ejecutar, en cuyo caso las actualizaciones de las tarifas se aplicarán,
desde la fecha en vigor del citado cambio normativo, a los encargos en curso, según lo
dispuesto en el artículo 7.4 del Real Decreto 69/2019, de 15 de febrero.
5. Al objeto de que las tarifas se mantengan ajustadas a los costes reales del
Grupo TRAGSA, de manera excepcional, y con motivo de la situación actual de

cve: BOE-A-2023-9530
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TRAGSA