II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-9504)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral con la categoría de Titulado de Grado Medio, Grupo II.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92
Martes 18 de abril de 2023
12.
Sec. II.B. Pág. 55050
Normas finales
12.1 Las personas aspirantes, por el hecho de participar en el presente proceso
selectivo, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones
que adopte el tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes.
12.2 La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de las actuaciones del tribunal, podrán ser impugnadas en la forma y
plazo establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
12.3 En el plazo de seis meses, contados a partir de la resolución del proceso
selectivo, las personas interesadas podrán solicitar la devolución de la documentación
aportada. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso alguno, la
Universidad procederá a la devolución de la documentación a las personas que así lo
hayan solicitado, entendiéndose que las personas que no lo hayan hecho renuncian a su
recuperación, decayendo en su derecho, y procediéndose seguidamente a su
destrucción.
12.4 Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer,
potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente a la publicación de la misma, ante este Rectorado (artículos 112, 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas), o demanda en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo
Social de Córdoba, de acuerdo con lo establecido en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011,
de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Córdoba, 12 de abril de 2023.–El Rector, Manuel Torralbo Rodríguez.
ANEXO I
Proceso de selección y valoración
El proceso de selección constará de fase de oposición, que tendrá carácter
eliminatorio, valorada con un máximo de 65 puntos, y fase de concurso, valorada con un
máximo de 35 puntos.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada una de las fases.
La fase de concurso solo se valorará a los aspirantes que hayan superado la fase de
oposición.
En caso de empate en la calificación final, se dirimirá este a favor del aspirante que
haya obtenido mayor calificación en la fase de oposición, y, de persistir el empate, se
atenderá a la puntuación obtenida en la fase de concurso, primeramente, por experiencia
profesional en un puesto de la misma área en la Universidad de Córdoba, y,
seguidamente, por antigüedad en la Universidad de Córdoba, según lo recogido en el
punto 2 del apartado a) y b) del anexo I de la presente convocatoria.
1.
Fase de oposición:
Primer ejercicio:
Consistirá en la realización de un examen de 90 preguntas tipo test con cuatro
respuestas alternativas, de las cuales solo una será la correcta, basado en el contenido
del temario que se relaciona en el anexo II. Al final del cuestionario se incluirán 4
preguntas adicionales de reserva a fin de sustituir sucesivamente, según el orden en el
que se presenten en el cuestionario, a aquellas correspondientes que pudieran ser
objeto de anulación.
cve: BOE-A-2023-9504
Verificable en https://www.boe.es
La fase de oposición se valorará de 0 a 65 puntos y constará de tres ejercicios,
siendo todos eliminatorios.
Núm. 92
Martes 18 de abril de 2023
12.
Sec. II.B. Pág. 55050
Normas finales
12.1 Las personas aspirantes, por el hecho de participar en el presente proceso
selectivo, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones
que adopte el tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes.
12.2 La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de las actuaciones del tribunal, podrán ser impugnadas en la forma y
plazo establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
12.3 En el plazo de seis meses, contados a partir de la resolución del proceso
selectivo, las personas interesadas podrán solicitar la devolución de la documentación
aportada. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso alguno, la
Universidad procederá a la devolución de la documentación a las personas que así lo
hayan solicitado, entendiéndose que las personas que no lo hayan hecho renuncian a su
recuperación, decayendo en su derecho, y procediéndose seguidamente a su
destrucción.
12.4 Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer,
potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente a la publicación de la misma, ante este Rectorado (artículos 112, 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas), o demanda en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo
Social de Córdoba, de acuerdo con lo establecido en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011,
de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Córdoba, 12 de abril de 2023.–El Rector, Manuel Torralbo Rodríguez.
ANEXO I
Proceso de selección y valoración
El proceso de selección constará de fase de oposición, que tendrá carácter
eliminatorio, valorada con un máximo de 65 puntos, y fase de concurso, valorada con un
máximo de 35 puntos.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada una de las fases.
La fase de concurso solo se valorará a los aspirantes que hayan superado la fase de
oposición.
En caso de empate en la calificación final, se dirimirá este a favor del aspirante que
haya obtenido mayor calificación en la fase de oposición, y, de persistir el empate, se
atenderá a la puntuación obtenida en la fase de concurso, primeramente, por experiencia
profesional en un puesto de la misma área en la Universidad de Córdoba, y,
seguidamente, por antigüedad en la Universidad de Córdoba, según lo recogido en el
punto 2 del apartado a) y b) del anexo I de la presente convocatoria.
1.
Fase de oposición:
Primer ejercicio:
Consistirá en la realización de un examen de 90 preguntas tipo test con cuatro
respuestas alternativas, de las cuales solo una será la correcta, basado en el contenido
del temario que se relaciona en el anexo II. Al final del cuestionario se incluirán 4
preguntas adicionales de reserva a fin de sustituir sucesivamente, según el orden en el
que se presenten en el cuestionario, a aquellas correspondientes que pudieran ser
objeto de anulación.
cve: BOE-A-2023-9504
Verificable en https://www.boe.es
La fase de oposición se valorará de 0 a 65 puntos y constará de tres ejercicios,
siendo todos eliminatorios.