II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2023-9434)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, en el Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 18 de abril de 2023
Sec. II.B. Pág. 54817
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal Uno deberá
publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas relativas
a este proceso selectivo.
Cada Tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de
sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo
que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio y actuará
de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre, el Real
Decreto 636/2021, de 27 de julio, el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, el Real
Decreto 408/2022, de 24 de mayo, y en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. En el
caso de que el Tribunal Uno acuerde parámetros para la calificación de un ejercicio, en
desarrollo de los criterios de valoración previstos en esta convocatoria, aquellos se
difundirán con anterioridad a la realización del ejercicio. Igualmente, en las actas del
Tribunal deberá quedar constancia del desglose de las puntuaciones otorgadas y de su
cálculo, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de los ejercicios en esta
convocatoria.
Se habilita al Tribunal Uno para la adopción de cuantas medidas, instrucciones o
resoluciones sean precisas para procurar la máxima descentralización posible en la
realización de los ejercicios que componen la fase de oposición del proceso selectivo de
referencia.
Asimismo, se habilita al Tribunal Uno para establecer la forma y procedimientos a
seguir en el uso de medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, para
el desarrollo descentralizado, en su caso, de las pruebas o de alguna de sus fases.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal tendrá su sede en el
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en la Subdirección General de
Recursos Humanos e Inspección de Servicios, paseo de la Castellana, n.º 63, 28071
Madrid, dirección de correo electrónico procesosselectivos@inclusion.gob.es.
5.
Solicitudes
5.1 A las solicitudes de participación en el proceso selectivo y las tasas por
derechos de examen les será de aplicación lo establecido en el apartado Decimocuarto
de la Orden HFP /688/2017, de 20 de julio, así como el Real Decreto 203/2021, de 30 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos.
5.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas dispondrán de un plazo
de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» para presentar la solicitud
cumplimentada electrónicamente y presentada en el modo establecido en los siguientes
apartados.
5.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
5.4 La solicitud de participación en las pruebas selectivas se deberá cumplimentar
electrónicamente, utilizando el modelo oficial 790, al que se accede a través del Punto de
Acceso General en la URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips, y siguiendo las
instrucciones del anexo IV.
Los aspirantes deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y,
en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las actuaciones de
este proceso selectivo exclusivamente a través de medios electrónicos, en cumplimiento
con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
Cada solicitud debidamente imprimida (no serán válidas las fotocopias del
modelo 790 ni su cumplimentación manual) tendrá asignado un número de justificante
que se utilizará para identificar al aspirante a lo largo de todo el proceso selectivo.
cve: BOE-A-2023-9434
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 92
Martes 18 de abril de 2023
Sec. II.B. Pág. 54817
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal Uno deberá
publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas relativas
a este proceso selectivo.
Cada Tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de
sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo
que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio y actuará
de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre, el Real
Decreto 636/2021, de 27 de julio, el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, el Real
Decreto 408/2022, de 24 de mayo, y en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. En el
caso de que el Tribunal Uno acuerde parámetros para la calificación de un ejercicio, en
desarrollo de los criterios de valoración previstos en esta convocatoria, aquellos se
difundirán con anterioridad a la realización del ejercicio. Igualmente, en las actas del
Tribunal deberá quedar constancia del desglose de las puntuaciones otorgadas y de su
cálculo, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de los ejercicios en esta
convocatoria.
Se habilita al Tribunal Uno para la adopción de cuantas medidas, instrucciones o
resoluciones sean precisas para procurar la máxima descentralización posible en la
realización de los ejercicios que componen la fase de oposición del proceso selectivo de
referencia.
Asimismo, se habilita al Tribunal Uno para establecer la forma y procedimientos a
seguir en el uso de medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, para
el desarrollo descentralizado, en su caso, de las pruebas o de alguna de sus fases.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal tendrá su sede en el
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en la Subdirección General de
Recursos Humanos e Inspección de Servicios, paseo de la Castellana, n.º 63, 28071
Madrid, dirección de correo electrónico procesosselectivos@inclusion.gob.es.
5.
Solicitudes
5.1 A las solicitudes de participación en el proceso selectivo y las tasas por
derechos de examen les será de aplicación lo establecido en el apartado Decimocuarto
de la Orden HFP /688/2017, de 20 de julio, así como el Real Decreto 203/2021, de 30 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos.
5.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas dispondrán de un plazo
de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» para presentar la solicitud
cumplimentada electrónicamente y presentada en el modo establecido en los siguientes
apartados.
5.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
5.4 La solicitud de participación en las pruebas selectivas se deberá cumplimentar
electrónicamente, utilizando el modelo oficial 790, al que se accede a través del Punto de
Acceso General en la URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips, y siguiendo las
instrucciones del anexo IV.
Los aspirantes deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y,
en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las actuaciones de
este proceso selectivo exclusivamente a través de medios electrónicos, en cumplimiento
con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
Cada solicitud debidamente imprimida (no serán válidas las fotocopias del
modelo 790 ni su cumplimentación manual) tendrá asignado un número de justificante
que se utilizará para identificar al aspirante a lo largo de todo el proceso selectivo.
cve: BOE-A-2023-9434
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 92