II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2023-9434)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, en el Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 18 de abril de 2023
Sec. II.B. Pág. 54823
El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, de las
cuales sólo una de ellas es la correcta. Para su realización, los aspirantes deberán
señalar en la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas de acuerdo
con las instrucciones que se faciliten. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y cada
contestación errónea se penalizará descontando un tercio del valor de una respuesta
correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos.
Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema, de entre dos
propuestos por el Tribunal, correspondientes a la materia del Bloque VIII, del programa.
El tiempo para la realización de este ejercicio será de ciento veinte minutos.
El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública y el Tribunal podrá
realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un periodo máximo de 10
minutos.
Se valorará la formación general, la claridad y orden de ideas, la capacidad para
aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen, así como la
concreción, la capacidad de síntesis y la calidad de expresión, tanto escrita como oral.
Calificación de los ejercicios:
Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la siguiente manera:
Primer ejercicio: de 0 a 50 puntos, y será necesario obtener una calificación mínima
de 25 puntos para superarlo. Con el fin de respetar los principios de publicidad,
transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo
público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los
criterios de corrección, valoración y superación de aquella, que no estén expresamente
establecidos en las bases de esta convocatoria.
Segundo ejercicio: de 0 a 50 puntos, y será necesario obtener una calificación
mínima de 25 puntos para superarlo.
El Tribunal Uno fijará las puntuaciones directas mínimas necesarias para superar
cada uno de los ejercicios.
En cada uno de los ejercicios, las calificaciones resultarán de la transformación de
las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal,
teniendo en cuenta lo siguiente:
Las puntuaciones directas mínimas que el Tribunal Uno fije para superar cada
ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlos. Las
puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas de
cada ejercicio.
La calificación final de la fase de oposición de los aspirantes vendrá determinada por
la suma de las calificaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de dicha fase.
Los aspirantes que superen la fase de oposición en la presente convocatoria y que
no superen el proceso selectivo podrán conservar la nota de la fase de oposición,
siempre que superen el 60 por ciento de la calificación máxima. La validez de esta
medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando ésta sea
análoga en el contenido y en la forma de calificación.
En todo caso, los aspirantes exentos de realizar algún ejercicio de la fase de
oposición deberán presentar la solicitud de participación en el proceso selectivo
correspondiente, junto con el certificado de méritos.
2.2 Fase de concurso: Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la
hubieran superado dispondrán de un plazo de 20 días hábiles para presentar el
certificado de requisitos y méritos de conformidad con lo previsto en el apartado
Decimoctavo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE de 22 de julio).
cve: BOE-A-2023-9434
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 92
Martes 18 de abril de 2023
Sec. II.B. Pág. 54823
El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, de las
cuales sólo una de ellas es la correcta. Para su realización, los aspirantes deberán
señalar en la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas de acuerdo
con las instrucciones que se faciliten. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y cada
contestación errónea se penalizará descontando un tercio del valor de una respuesta
correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos.
Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema, de entre dos
propuestos por el Tribunal, correspondientes a la materia del Bloque VIII, del programa.
El tiempo para la realización de este ejercicio será de ciento veinte minutos.
El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública y el Tribunal podrá
realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un periodo máximo de 10
minutos.
Se valorará la formación general, la claridad y orden de ideas, la capacidad para
aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen, así como la
concreción, la capacidad de síntesis y la calidad de expresión, tanto escrita como oral.
Calificación de los ejercicios:
Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la siguiente manera:
Primer ejercicio: de 0 a 50 puntos, y será necesario obtener una calificación mínima
de 25 puntos para superarlo. Con el fin de respetar los principios de publicidad,
transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo
público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los
criterios de corrección, valoración y superación de aquella, que no estén expresamente
establecidos en las bases de esta convocatoria.
Segundo ejercicio: de 0 a 50 puntos, y será necesario obtener una calificación
mínima de 25 puntos para superarlo.
El Tribunal Uno fijará las puntuaciones directas mínimas necesarias para superar
cada uno de los ejercicios.
En cada uno de los ejercicios, las calificaciones resultarán de la transformación de
las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal,
teniendo en cuenta lo siguiente:
Las puntuaciones directas mínimas que el Tribunal Uno fije para superar cada
ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlos. Las
puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas de
cada ejercicio.
La calificación final de la fase de oposición de los aspirantes vendrá determinada por
la suma de las calificaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de dicha fase.
Los aspirantes que superen la fase de oposición en la presente convocatoria y que
no superen el proceso selectivo podrán conservar la nota de la fase de oposición,
siempre que superen el 60 por ciento de la calificación máxima. La validez de esta
medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando ésta sea
análoga en el contenido y en la forma de calificación.
En todo caso, los aspirantes exentos de realizar algún ejercicio de la fase de
oposición deberán presentar la solicitud de participación en el proceso selectivo
correspondiente, junto con el certificado de méritos.
2.2 Fase de concurso: Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la
hubieran superado dispondrán de un plazo de 20 días hábiles para presentar el
certificado de requisitos y méritos de conformidad con lo previsto en el apartado
Decimoctavo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE de 22 de julio).
cve: BOE-A-2023-9434
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 92