II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2023-9435)
Resolución de 11 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, en el Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Martes 18 de abril de 2023
3.

Sec. II.B. Pág. 54852

Fase de curso selectivo y período de prácticas.

Los aspirantes que superen la fase de oposición y concurso serán nombrados
funcionarios en prácticas por la autoridad convocante, debiendo realizar el curso
selectivo correspondiente a la segunda fase del proceso de selección.
El curso selectivo comenzará en el plazo máximo de un mes a partir de la publicación
en el «Boletín Oficial del Estado» de la lista definitiva de aprobados.
La Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones dictará resolución
para regular su desarrollo y contenido, estableciendo en la misma la fecha de inicio y
lugar de realización.
En el curso selectivo se impartirá un conjunto de materias relacionadas con las
funciones propias del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad
Social. De acuerdo con lo establecido en el III Plan para la igualdad de género en la
Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o
dependientes de ella, el curso selectivo incluirá un módulo sobre diversidad sexual y otro
sobre género.
Al finalizar el curso selectivo, los aspirantes serán evaluados por la Subsecretaría de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de acuerdo con los informes emitidos por los
responsables de las unidades en que se realice el citado curso. La calificación será de
apto o no apto.
Finalizado el curso selectivo y el período de prácticas, los aspirantes que los
hubieran superado permanecerán realizando prácticas hasta la fecha de nombramiento
en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante, los aspirantes que hubieran optado por
percibir las retribuciones del puesto de origen regresarán al mismo hasta la publicación
de los nombramientos.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al
inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo
con la puntuación obtenida. La coincidencia de dos cursos selectivos o periodos de
prácticas en el tiempo no será considerada causa de fuerza mayor, debiendo el aspirante
optar por realizar un curso selectivo u otro.
La Resolución que regule el contenido, desarrollo, duración y modo de evaluación del
curso selectivo podrá considerar no lectivo el mes de agosto.
4.

Calificación final.

La calificación final en el proceso selectivo de los aspirantes de promoción interna
que hayan superado el curso selectivo vendrá determinada por la puntuación obtenida
en la fase de oposición, más la puntuación obtenida en la fase de concurso,
ordenándose según el orden de prelación resultante de la suma total de sus
calificaciones.
La Secretaría de Estado de Función Pública nombrará funcionarios de carrera y
asignará destino inicial a los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo,
conforme al art. 3.22 del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo.
ANEXO II

Teoría Política, Derecho Constitucional y Administración Pública
Tema 1. El Estado: distintas concepciones y elementos constitutivos. El Estado
democrático de derecho. El Derecho Constitucional: Naturaleza y significación. La
Constitución: Contenido y clases. Tendencias del constitucionalismo de nuestro tiempo.
Tema 2. El ordenamiento jurídico internacional y su validez interna en los Estados.
El fenómeno de la supranacionalidad. Especial referencia a la Unión Europea.

cve: BOE-A-2023-9435
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