V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2023-11094)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Málaga, por la que se declara, en concreto, la utilidad pública el proyecto de la planta solar fotovoltaica denominada "Kenia Solar IV" y su línea de evacuación de 30 kV, en los términos municipales de Mollina y Antequera (Málaga).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 17 de abril de 2023

Sec. V-B. Pág. 17358

proyecto sometido a Declaración de utilidad pública.
QUINTO. - Trasladadas las alegaciones a la entidad peticionaria, con fecha 29
de Noviembre de 2022 se recibe escrito de contestación a las mismas dónde se
expone:
Que, con respecto a las alegaciones efectuadas por D. Gabriel Francisco
Narbona Carrión, a los efectos de corregir errores en la descripción legal de los
bienes incluidos en la relación que obra en este expediente, la entidad peticionaria
toma razón de las fincas como pertenecientes al alegante. Solicita que a partir de
este momento se entiendan con el titular de éstas las diligencias que procedan
durante el procedimiento de acuerdo con lo previsto en la Ley de 16 de Diciembre
de 1954 sobre Expropiación Forzosa. En relación al cálculo del justiprecio, la
peticionaria indica que es una solicitud prematura la del alegante que pretende que
se contabilice el número de árboles existentes en el cultivo actualmente (en lugar
de cuando elabore su hoja de aprecio) cuando la fecha de referencia de la
valoración en los procedimientos de urgencia es el momento de la ocupación. Así
mismo, precisa que la imposición de zonas de servidumbre de paso no tiene
incidencia respecto del cultivo y demás tareas agrícolas ya que solo resulta
afectada la posibilidad de edificar el terreno en cuestión, de manera que tratándose
de una finca rústica no hay perjuicio indemnizable y no puede considerarse
demérito.
Que, con respecto a la alegación única efectuada por VIÑA DEL OLMO, S.L.,
la entidad peticionaria toma razón de la existencia de la finca (con referencia
catastral correcta 29015A018000190000LQ) como perteneciente a la mercantil. Así
mismo, solicita que a partir de este momento se entiendan con ésta todas aquellas
diligencias que procedan durante el procedimiento de acuerdo con lo previsto en la
Ley de 16 de Diciembre de 1954 sobre Expropiación Forzosa e indica que la finca
sea incorporada en la relación de bienes y derechos afectados.
Sin embargo, con fecha 23/12/2022, VIÑA DEL OLMO, S.L. suscribe un
contrato con GOOD 2 FOLLOW, S.L. de constitución de servidumbre de paso y de
paso subterráneo de energía eléctrica objeto del proyecto, el cual obra en el
expediente. El 14/03/23 la citada entidad presenta escrito retirando las alegaciones
debido al referido acuerdo amistoso con la peticionaria. Razón por la cual la finca
propiedad de la entidad VIÑA DEL OLMO, S.L., no será incorporada finalmente en
la relación de bienes y derechos afectados.
Vistas las alegaciones, contestación de las alegaciones y demás
documentación obrante en el expediente, se aceptan los argumentos expuestos
por la entidad peticionaria, así como el acuerdo citado anteriormente. Procede
modificar la Relación de Bienes y Derechos Afectados (ver anexo) publicada en el
trámite de información pública, indicando que D. Gabriel Francisco Narbona
Carrión, es el único titular en las fincas 6 y 7 según proyecto.
SEXTO. - Según consta en el expediente, el 04/07/2022 se otorga por la
Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga, Autorización Ambiental
Unificada para el proyecto de la planta solar fotovoltaica denominada "KENIA
SOLAR IV" y su línea de evacuación de 30 kV, sita en los términos municipales de
Mollina y Antequera (Málaga)
Mediante Resolución de la Delegación del Gobierno en Málaga de fecha 06/07/
2022 se otorga Autorización Administrativa Previa para el referido proyecto, y el 14/
10/2022, mediante Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda,

cve: BOE-B-2023-11094
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Núm. 91