II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Personal laboral. (BOE-A-2023-9304)
Resolución de 28 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plazas de personal laboral fijo acogido al IV Convenio colectivo del personal laboral en la Administración General del Estado, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91

Lunes 17 de abril de 2023
4.

Sec. II.B. Pág. 53983

Solicitudes

4.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial,
al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso General en la
siguiente URL: https://ips.redsara.es, o de los registros electrónicos para la tramitación
de las inscripciones de los candidatos en los procesos selectivos que se establezcan.
4.2 Las solicitudes se presentarán por vía electrónica.
La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del
servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del punto de Acceso General
(https://ips.redsara.es), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario
identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en
cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:





La inscripción en línea del modelo oficial.
Anexar documentos a la solicitud.
El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud.

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las comunidades autónomas que figuran en la
dirección https://ips.redsara.es/IPSC/secure/tablaComunidades. En este caso, y previa
conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el
acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas
ofrecido a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un
mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención
que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se
hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,

cve: BOE-A-2023-9304
Verificable en https://www.boe.es

La documentación adicional que, según lo previsto en los apartados 4.7 y 4.9, se
debe remitir junto con la solicitud, se podrá hacer anexionándola, en documento pdf, a la
solicitud telemática o presentándola directamente en los lugares previstos en el párrafo
siguiente.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas
se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en
la cuenta corriente número ES06 0182-2370-49-0200203962 (código IBAN, ES06;
código BIC: BBVAESMMXXX), del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante
transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a
nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda. Derechos de examen». Este
sistema de pago solo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
4.3 El importe de la tasa por participar en el proceso selectivo será, con carácter
general, de 31,10 euros, y para las familias numerosas de categoría general de 15,55
euros.
El ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio de Inscripción en Pruebas
Selectivas del Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es) en los términos previstos en
la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo por la que se establecen los supuestos y las
condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos
de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. La constancia del
correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC)
emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) que figurará en el
justificante de registro. Estarán exentos del pago de esta tasa: