III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2023-9409)
Resolución de 10 de abril de 2023, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Cantabria, la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental de Cantabria, la Autoridad Portuaria de Santander y Nextport, SL, para colaborar en la creación de la Cátedra Institucional en Inteligencia Artificial Aplicada a Puertos "AI Port Santander".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 17 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 54317

cualificado equipo humano, experto tanto en la gestión de sistemas como en desarrollo
de software. Asimismo, imparte el Máster Interuniversitario en Ciencia de Datos,
titulación oficial promovida por la UC y la UIMP, junto con el CSIC, disciplina que
combina múltiples campos, como la estadística, los métodos científicos, la Inteligencia
Artificial (IA) y el análisis de datos para la extracción de valor y conocimiento útil de ellos.
III. Que la FIHAC es una organización de derecho privado del sector público
autonómico y de naturaleza fundacional, sin ánimo de lucro, que tiene como finalidad
primordial el desarrollo, impulso, supervisión, promoción y tutela del «Instituto de
Hidráulica Ambiental de la Universidad de Cantabria», cuyo objetivo fundamental es la
investigación básica y aplicada en el desarrollo de estudios, metodologías y
herramientas para la gestión integrada de los ecosistemas acuáticos, incluyendo las
aguas continentales superficiales y subterráneas, las aguas de transición y las aguas
costeras, integrando todos los procesos relevantes así como los aspectos socioeconómicos asociados a una gestión eficiente y sostenible del ciclo integral del agua.
Para ello, entre sus grupos de investigación cuenta con el Grupo de Hidrodinámica e
Infraestructuras Costeras, dedicado al estudio de la hidrodinámica del oleaje y cómo
interacciona con las infraestructuras presentes en la costa; imparte el Máster en Costas y
Puertos; y dispone de un Laboratorio de Supercomputación y Tecnologías de la
Información, en el que se generan soluciones informáticas y aplicaciones en una gran
variedad de proyectos comerciales y estudios de investigación.
IV. Que la APS es un organismo público que, conforme a lo dispuesto por el
artículo 24.1 del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, goza de
personalidad jurídica y patrimonio propios y plena capacidad de obrar para el
cumplimiento de sus fines, ostentando las competencias que el artículo 25 del citado
texto refundido le reconoce y pudiendo realizar las funciones que se detallan en el
artículo 26, entre las que se encuentra la de impulsar la formación de su personal y
desarrollar estudios e investigaciones relacionadas con la actividad portuaria y la
protección del medio ambiente, así como colaborar en ello con otros puertos,
organizaciones o empresas, ya sean nacionales o extrajeras.
V. Que NEXTPORT (anteriormente denominada «Moffatt & Nichol Spain, SL»), es
una sociedad limitada unipersonal creada en 2021 como base en España de la firma
global Moffatt & Nichol, entidad creada en 1945 con sede en Long Beach, California
(EE. UU.), líder internacional en soluciones de ingeniería y consultoría en puertos y
transporte para el desenvolvimiento humano en el complejo interfaz tierra-agua, que
brinda sus servicios en todo el mundo.
Que el objeto social de NEXTPORT es la intermediación para la prestación de
servicios de ingeniería y consultoría a clientes de los mercados de las terminales
marítimas, el transporte, la energía, el medio ambiente y el desarrollo urbano.
NEXTPORT tiene a su cargo el desarrollo de soluciones tecnológicas SmartPort para la
transformación digital en el sector logístico-portuario, así como la unidad de innovación
aplicada (I+D+i), y la creación y aplicación de conocimiento en el ámbito de la IA al
sector logístico-portuario, con especial interés en promover e impulsar la docencia y la
investigación de esta disciplina en el sector.
VI. Que las partes reunidas coinciden en su interés por impulsar y promover el
conocimiento y la utilización de la IA y el espectro de sus tecnologías relacionadas en el
sector logístico-portuario, conscientes de la importancia de la IA y de su enorme
potencial transformador y de modernización en el marco de la economía 4.0.
Es por ello por lo que desean impulsar la creación de una Cátedra Institucional en
Inteligencia Artificial Aplicada a Puertos, que contribuya a dar respuesta a las exigencias
de modernización del sector logístico portuario, así como, en particular, estimular y
facilitar la transformación digital del Puerto de Santander y su comunidad logística.
En consecuencia, las partes, conscientes de los beneficios de la colaboración y de la
suma de esfuerzos y recursos en una iniciativa conjunta para una mejor consecución de

cve: BOE-A-2023-9409
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Núm. 91