I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Seguridad informática. Organización. (BOE-A-2023-9290)
Orden TES/369/2023, de 10 de abril, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información y de los Servicios en el ámbito de la administración digital del Ministerio de Trabajo y Economía Social y se crea el Comité de Seguridad de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Departamento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91

Lunes 17 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 53886

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
Orden TES/369/2023, de 10 de abril, por la que se aprueba la Política de
Seguridad de la Información y de los Servicios en el ámbito de la
administración digital del Ministerio de Trabajo y Economía Social y se crea el
Comité de Seguridad de las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones del Departamento.

El marco de relación entre la Administración Pública y los ciudadanos a través de los
medios electrónicos se encuentra establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por su parte, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público define, en su artículo 156, el objeto del Esquema Nacional de Seguridad (ENS) y
lo incorpora como parte esencial en la configuración del archivo electrónico de los
documentos regulado en el artículo 46 y en el régimen de relaciones electrónicas y
transferencias de tecnología entre las Administraciones Públicas, tal como establece su
artículo 158.
Ambas normas han sido objeto de desarrollo mediante el Real Decreto 203/2021,
de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del
sector público por medios electrónicos.
La administración digital debe ser confiable para que los ciudadanos realicen los
trámites administrativos correspondientes con total seguridad y fiabilidad. Para ello, el
Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de
Seguridad, persigue alcanzar una protección adecuada de la información tratada y de los
servicios prestados por las entidades de su ámbito de aplicación, con objeto de asegurar
el acceso, la confidencialidad, la integridad, la trazabilidad, la autenticidad, la disponibilidad
y la conservación de los datos, la información y los servicios utilizados por medios
electrónicos que gestionen en el ejercicio de sus competencias.
En particular, el artículo 12.3 del citado Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo,
establece que, en la Administración General del Estado, cada ministerio contará con su
política de seguridad, que aprobará la persona titular del Departamento.
La política de seguridad de la información constituye el marco de referencia orientado
a facilitar la definición, gestión, administración e implementación de los mecanismos y
procedimientos de seguridad establecidos en el ENS.
Además, la política de seguridad de la información debe ser coherente con lo
establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) y en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
En el ámbito del Ministerio de Trabajo y Economía Social se debe garantizar la
seguridad como un proceso integral de cada etapa del ciclo de vida de cada sistema de
información, desde su concepción hasta su retirada de servicio, pasando por las decisiones
de desarrollo o adquisición y las actividades de explotación. Además, el sistema de
información debe estar preparado para prevenir, detectar, reaccionar y recuperarse
de incidentes, de acuerdo con lo que prevé el Esquema Nacional de Seguridad.
Mediante el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, fue creado el Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Posteriormente, se aprobaron el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real

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