III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-9261)
Resolución 420/38147/2023, de 7 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación Hippocampus, para la limpieza de los fondos costeros y su columna de agua en zonas de mar próximas a las playas de las bases aéreas que disponen de estas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90
Sábado 15 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 53637
la participación de personal militar sin seguro deportivo de buceo en las labores de
limpieza que impliquen la inmersión submarina.
2.
Aportaciones de la Asociación Hippocampus:
a) Llevar a cabo la realización de actividades de limpieza de basura marina y
elementos de plomo derivadas de las actuaciones propias de su labor, que realizarán
con medios materiales propios y en coordinación con el personal de las unidades
afectadas.
b) Promover, en coordinación con el Ejército del Aire y del Espacio, actividades
concretas relativas a la concienciación en materia de protección del medio marino.
c) Desarrollar, en coordinación con el Ejército del Aire y del Espacio, los temas que
contempla el proyecto PLUMBUM y que se materializarán en este convenio.
d) Responsabilizarse de que todos los miembros de su asociación que participarán
en los trabajos tengan la adecuada formación en materia de riesgos laborales, así como
de que todos cuenten con los pertinentes seguros de responsabilidad civil.
e) Coordinar con el Ejército del Aire y del Espacio la utilización de anuncios,
carteles o logotipos fruto del presente convenio, en los que incluirá los logotipos del
MINISDEF y del propio Ejército del Aire y del Espacio.
f) Proponer todas aquellas otras actuaciones que, coordinadamente, se acuerden
en la Comisión de Seguimiento del presente convenio.
Quinta. Comisión de Seguimiento.
Las partes se comprometen a desarrollar, coordinadamente, en el ámbito de sus
respectivas competencias, las actuaciones y medidas necesarias para el eficaz
cumplimiento de los objetivos de este convenio.
A fin de lograr la máxima coordinación en el impulso y seguimiento de todas
las actuaciones que se deriven del presente convenio, el MINISDEF y la Asociación
Hippocampus, a través del proyecto PLUMBUM, muestran su conformidad con la
constitución de una Comisión de Seguimiento a la que se podrá incorporar el personal
técnico, analista o experto en la materia que se vaya a tratar, cuya presencia en la
misma se considere conveniente.
Esta Comisión de Seguimiento:
a) Velar por el correcto desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este convenio y,
en consecuencia, estudiar y analizar cuantas propuestas se realicen por ambas partes,
decidiendo las diferentes alternativas que se hayan barajado y las propuestas que se
consideren idóneas.
b) Impulsar la adopción de las medidas y acciones necesarias para el mejor
cumplimiento de los objetivos comunes perseguidos por las partes.
c) Revisar los términos del convenio y proponer modificaciones al mismo, al
amparo del artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, que serán incorporados en forma de adenda tras su aprobación por
ambas partes.
d) Solventar las cuestiones litigiosas que puedan surgir entre ambas partes como
consecuencia de la ejecución del convenio.
e) Revisar y proponer anualmente, de mutuo acuerdo, el conjunto de actuaciones
que, a modo de plan de trabajo a seguir, permitan cumplir con los objetivos expresados
en este convenio, siempre y cuando dichas actuaciones no supongan nuevas obligaciones
para las partes.
cve: BOE-A-2023-9261
Verificable en https://www.boe.es
1. Estaría integrada por al menos dos representantes de cada una de las partes,
designados por las personas firmantes del convenio. Los miembros que representen al
MINISDEF serán propuestos por el Ejército del Aire y del Espacio y uno de ellos ejercerá
las funciones de Presidente.
2. Serán funciones de la Comisión de Seguimiento:
Núm. 90
Sábado 15 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 53637
la participación de personal militar sin seguro deportivo de buceo en las labores de
limpieza que impliquen la inmersión submarina.
2.
Aportaciones de la Asociación Hippocampus:
a) Llevar a cabo la realización de actividades de limpieza de basura marina y
elementos de plomo derivadas de las actuaciones propias de su labor, que realizarán
con medios materiales propios y en coordinación con el personal de las unidades
afectadas.
b) Promover, en coordinación con el Ejército del Aire y del Espacio, actividades
concretas relativas a la concienciación en materia de protección del medio marino.
c) Desarrollar, en coordinación con el Ejército del Aire y del Espacio, los temas que
contempla el proyecto PLUMBUM y que se materializarán en este convenio.
d) Responsabilizarse de que todos los miembros de su asociación que participarán
en los trabajos tengan la adecuada formación en materia de riesgos laborales, así como
de que todos cuenten con los pertinentes seguros de responsabilidad civil.
e) Coordinar con el Ejército del Aire y del Espacio la utilización de anuncios,
carteles o logotipos fruto del presente convenio, en los que incluirá los logotipos del
MINISDEF y del propio Ejército del Aire y del Espacio.
f) Proponer todas aquellas otras actuaciones que, coordinadamente, se acuerden
en la Comisión de Seguimiento del presente convenio.
Quinta. Comisión de Seguimiento.
Las partes se comprometen a desarrollar, coordinadamente, en el ámbito de sus
respectivas competencias, las actuaciones y medidas necesarias para el eficaz
cumplimiento de los objetivos de este convenio.
A fin de lograr la máxima coordinación en el impulso y seguimiento de todas
las actuaciones que se deriven del presente convenio, el MINISDEF y la Asociación
Hippocampus, a través del proyecto PLUMBUM, muestran su conformidad con la
constitución de una Comisión de Seguimiento a la que se podrá incorporar el personal
técnico, analista o experto en la materia que se vaya a tratar, cuya presencia en la
misma se considere conveniente.
Esta Comisión de Seguimiento:
a) Velar por el correcto desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este convenio y,
en consecuencia, estudiar y analizar cuantas propuestas se realicen por ambas partes,
decidiendo las diferentes alternativas que se hayan barajado y las propuestas que se
consideren idóneas.
b) Impulsar la adopción de las medidas y acciones necesarias para el mejor
cumplimiento de los objetivos comunes perseguidos por las partes.
c) Revisar los términos del convenio y proponer modificaciones al mismo, al
amparo del artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, que serán incorporados en forma de adenda tras su aprobación por
ambas partes.
d) Solventar las cuestiones litigiosas que puedan surgir entre ambas partes como
consecuencia de la ejecución del convenio.
e) Revisar y proponer anualmente, de mutuo acuerdo, el conjunto de actuaciones
que, a modo de plan de trabajo a seguir, permitan cumplir con los objetivos expresados
en este convenio, siempre y cuando dichas actuaciones no supongan nuevas obligaciones
para las partes.
cve: BOE-A-2023-9261
Verificable en https://www.boe.es
1. Estaría integrada por al menos dos representantes de cada una de las partes,
designados por las personas firmantes del convenio. Los miembros que representen al
MINISDEF serán propuestos por el Ejército del Aire y del Espacio y uno de ellos ejercerá
las funciones de Presidente.
2. Serán funciones de la Comisión de Seguimiento: