III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2023-9288)
Resolución de 27 de marzo de 2023, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, O.A., para colaborar en la organización conjunta de un curso anual sobre temas de interés común.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 15 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 53876
su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este documento,
capacidad que mutuamente se reconocen.
EXPONEN
1. Que la UIMP es un organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio
propios dependiente del Ministerio de Universidades, según establece el Real
Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica,
y definido, de acuerdo con lo que establece su estatuto, como centro universitario de alta
cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de distintos
grados y especialidades universitarias, que tiene como misión promover y difundir la
cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio e información científica
y cultural de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea
conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras. El artículo 5
del Estatuto de la UIMP, ya citado, establece que son funciones de la UIMP las de
generación y transmisión del conocimiento en todos sus campos.
2. Que la ANECA es un organismo autónomo, adscrito al Ministerio de
Universidades, que ha sido creado por el artículo 8 de la Ley 15/2014, de 16 de
septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma
administrativa, procedente de la conversión de la Fundación Agencia Nacional de
Evaluación de la Calidad y Acreditación en organismo público, que tiene como objetivo
contribuir a la mejora de la calidad del sistema de educación superior mediante la
evaluación, certificación y acreditación de enseñanzas, profesorado e instituciones.
3. Que, basándose en la coincidencia de intereses y objetivos propios de cada una
de las instituciones y en la convicción del beneficio mutuo de la suma de esfuerzos,
recursos y disponibilidades, la UIMP y la ANECA han venido colaborando en la
organización de seminarios y encuentros sobre temas de interés común a ambos
organismos dentro de la programación académica de cursos avanzados de la UIMP,
mediante la firma de los correspondientes convenios puntuales.
4. Que, dados los buenos resultados obtenidos, ambos organismos manifiestan su
voluntad de dar continuidad y estabilidad a estas colaboraciones mediante la firma de un
convenio con una vigencia de cuatro años, lo cual permitirá a las partes una mejor
planificación y la obtención de mejores resultados.
En consecuencia, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ambas entidades acuerdan suscribir el
presente convenio, con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer la colaboración entre la UIMP y la
ANECA para la organización conjunta cada año de vigencia del convenio de un curso,
dentro de la programación de cursos avanzados de la UIMP, sobre temas de interés
común a ambos organismos, con las características que se indican a continuación:
– Formato. El curso podrá tener el formato de seminario (con un enfoque más
académico) o de encuentro (con un enfoque más dirigido al intercambio de experiencias
y conocimientos y a generar un foro de debate).
– Duración. Podrá tener una duración de entre una y cinco jornadas.
– Lugar de celebración. Se celebrará en cualquiera de las sedes de la UIMP,
preferentemente en Santander.
cve: BOE-A-2023-9288
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 90
Sábado 15 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 53876
su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este documento,
capacidad que mutuamente se reconocen.
EXPONEN
1. Que la UIMP es un organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio
propios dependiente del Ministerio de Universidades, según establece el Real
Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica,
y definido, de acuerdo con lo que establece su estatuto, como centro universitario de alta
cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de distintos
grados y especialidades universitarias, que tiene como misión promover y difundir la
cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio e información científica
y cultural de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea
conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras. El artículo 5
del Estatuto de la UIMP, ya citado, establece que son funciones de la UIMP las de
generación y transmisión del conocimiento en todos sus campos.
2. Que la ANECA es un organismo autónomo, adscrito al Ministerio de
Universidades, que ha sido creado por el artículo 8 de la Ley 15/2014, de 16 de
septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma
administrativa, procedente de la conversión de la Fundación Agencia Nacional de
Evaluación de la Calidad y Acreditación en organismo público, que tiene como objetivo
contribuir a la mejora de la calidad del sistema de educación superior mediante la
evaluación, certificación y acreditación de enseñanzas, profesorado e instituciones.
3. Que, basándose en la coincidencia de intereses y objetivos propios de cada una
de las instituciones y en la convicción del beneficio mutuo de la suma de esfuerzos,
recursos y disponibilidades, la UIMP y la ANECA han venido colaborando en la
organización de seminarios y encuentros sobre temas de interés común a ambos
organismos dentro de la programación académica de cursos avanzados de la UIMP,
mediante la firma de los correspondientes convenios puntuales.
4. Que, dados los buenos resultados obtenidos, ambos organismos manifiestan su
voluntad de dar continuidad y estabilidad a estas colaboraciones mediante la firma de un
convenio con una vigencia de cuatro años, lo cual permitirá a las partes una mejor
planificación y la obtención de mejores resultados.
En consecuencia, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ambas entidades acuerdan suscribir el
presente convenio, con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer la colaboración entre la UIMP y la
ANECA para la organización conjunta cada año de vigencia del convenio de un curso,
dentro de la programación de cursos avanzados de la UIMP, sobre temas de interés
común a ambos organismos, con las características que se indican a continuación:
– Formato. El curso podrá tener el formato de seminario (con un enfoque más
académico) o de encuentro (con un enfoque más dirigido al intercambio de experiencias
y conocimientos y a generar un foro de debate).
– Duración. Podrá tener una duración de entre una y cinco jornadas.
– Lugar de celebración. Se celebrará en cualquiera de las sedes de la UIMP,
preferentemente en Santander.
cve: BOE-A-2023-9288
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Núm. 90