III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2023-9286)
Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Dirección General de Salud Pública y la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica, para el desarrollo de actividades en el marco del abordaje de las infecciones de transmisión sexual.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Sábado 15 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 53856

diagnóstico de las ITS, con especial interés en atención primaria, IIPP y las urgencias de
atención primaria y hospitalaria.
6. Aportará el personal necesario para cumplir con las actuaciones encomendadas
en este convenio.
7. Realizará una contribución económica por un importe total de 20.000 euros
procedentes de los presupuestos generales de dicha entidad para realizar de manera
conjunta con el Ministerio de Sanidad las actuaciones que se detallan en el anexo 1 que
figura a continuación del convenio.
En todas las acciones que se realicen aparecerá el logo del Ministerio de Sanidad y
la DCVIHT junto con el de SEIMC y la firma de todas las instituciones firmantes, de
acuerdo con la cláusula undécima del presente convenio.
Cuarta.

Régimen económico-financiero.

1. El coste total de la financiación de las actividades derivadas de la suscripción del
presente convenio se eleva a 100.000 euros.
2. El Ministerio de Sanidad aportará la cantidad de 80.000 euros, que se abonarán
anualmente, condicionado a la existencia de crédito presupuestario adecuado y
suficiente en cada ejercicio, conforme a la siguiente distribución:
– Ejercicio 2023: una aportación de treinta mil euros (30.000 euros) que se imputará
a la partida presupuestaria 26.07.313B.226.10, el 30 de noviembre, tras la entrega del
informe detallado de seguimiento de las acciones realizadas y la conformidad de las
mismas por parte de la Comisión de Seguimiento del convenio.
– Ejercicio 2024: una aportación de cincuenta mil euros (50.000 euros) que se
imputará a la partida presupuestaria 26.07.313B.226.10, el 30 de noviembre, tras la
entrega del informe detallado de seguimiento de las acciones realizadas y la conformidad
de las mismas por parte de la Comisión de Seguimiento del convenio.
3. SEIMC aportará a la financiación del presente convenio la cantidad
de 20.000 euros durante el tiempo de vigencia del convenio, conforme a la siguiente
distribución:

La previsión del gasto anual de la aplicación del convenio para la SEIMC para la
ejecución de las actividades objeto del convenio que se detallan en el anexo por cada
uno de los años de vigencia del convenio, se llevará a cabo con cargo al presupuesto de
la propia entidad.
4. A partir de que el convenio adquiera eficacia, se presentará un cronograma
donde se especificarán cada una de las acciones a realizar con la fecha prevista de
realización y el presupuesto asignado a las mismas, que será aprobado por la Comisión
de Seguimiento del convenio.
5. Se realizará un informe final que incluirá de manera detallada todas las acciones
realizadas por SEIMC, en colaboración con la DCVIHT/MS.
6. En caso de procederse a realizar una prórroga de dos años, el MS realizará una
contribución total de 80.000 euros y SEIMC de 20.000 euros, distribuidos en anualidades
según lo establecido en el anexo del presente convenio.
7. Las partes, en el seno de la Comisión de Seguimiento del convenio, podrán
promover y aprobar posibles reajustes de anualidades de pagos en función de la
evolución de la ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente
convenio, siempre que éstos no supongan un incremento económico global del mismo, ni
del plazo del mismo.
8. El pago se efectuará, una vez que el convenio comience a surtir sus efectos y
tras la presentación por SEIMC de un informe detallado de las actividades realizadas y

cve: BOE-A-2023-9286
Verificable en https://www.boe.es

– En 2023: una aportación de diez mil euros (10.000 euros).
– En 2024: una aportación de diez mil euros (10.000 euros).