T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2023-9213)
Sala Primera. Sentencia 14/2023, de 6 de marzo de 2023. Recurso de amparo 521-2021. Promovido por la mercantil Rafael Muñoz Quirós, S.L., respecto de las resoluciones dictadas en juicio verbal de reclamación de cantidad por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, la Audiencia Provincial de Ciudad Real y un juzgado de primera instancia de Alcázar de San Juan. Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: inadecuada utilización de la dirección electrónica habilitada como cauce de comunicación del primer emplazamiento procesal (STC 40/2020).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89

Viernes 14 de abril de 2023

Sec. TC. Pág. 53415

FALLO
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le
confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido estimar el recurso de amparo
interpuesto por la entidad mercantil Rafael Muñoz Quirós, S.L., y, en consecuencia:
1.º Declarar que ha sido vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva sin
indefensión (art. 24.1 CE).
2.º Restablecerla en su derecho y, a tal fin, declarar la nulidad del auto de fecha 2
de diciembre de 2020, de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo (recurso de casación
núm. 2920-2018), y sus antecedentes; la sentencia núm. 86/2018, de 27 de marzo, de la
Audiencia Provincial de Ciudad Real (rollo de apelación núm. 502-2017), y la sentencia
núm. 83/2017, de fecha 11 de mayo, del Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Alcázar
de San Juan (juicio verbal núm. 73-2017), así como de las actuaciones realizadas a
partir del emplazamiento de la sociedad recurrente a través de la dirección electrónica
habilitada.
3.º Retrotraer las actuaciones del citado juicio verbal núm. 73-2017 al momento
inmediatamente anterior al emplazamiento de la recurrente, a fin de que este se lleve a
cabo de nuevo de forma que resulte respetuosa con el derecho fundamental reconocido.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2023-9213
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Dada en Madrid, a seis de marzo de dos mil veintitrés.–Cándido Conde-Pumpido
Tourón.–Ricardo Enríquez Sancho.–Concepción Espejel Jorquera.–María Luisa
Segoviano Astaburuaga.–Juan Carlos Campo Moreno.–Firmado y rubricado.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X