III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-9204)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación General CSIC, para el desarrollo del Programa ComFuturo en su tercera edición.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89
Viernes 14 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 53327
evaluación y selección de candidaturas transparente, riguroso y objetivo, según lo
especificado en las Bases, la Fundación General CSIC resolvió, con fecha 24 de
noviembre de 2022, la convocatoria con la lista propuesta de candidaturas beneficiarias y
de
reserva
(https://fgcsic.es/wp-content/uploads/2022/12/20221124_COMFUTUROTHIRD-EDITION_LIST-OF-PROPOSED-SELECTED-AND-RESERVECANDIDATES_1.pdf).
VI. Que, según las Bases de la convocatoria, los 15 investigadores seleccionados
en la tercera edición de ComFuturo deben incorporarse en 2023 a los centros e institutos
del CSIC correspondientes (con el consiguiente comienzo de sus contratos de trabajo).
VII. Que la tercera edición de ComFuturo ha recibido financiación del Programa de
investigación e innovación Horizonte 2020 de la Unión Europea en virtud del acuerdo de
subvención «Marie Skłodowska-Curie grant agreement N.º 101034263», documento que
será puesto a disposición del CSIC, para su debida observancia en las partes que le
puedan ser de aplicación.
VIII. Que en la fase de preparación de la propuesta a la correspondiente
convocatoria 2020 del Programa Marie Skłodowska-Curie-COFUND (resultante en la
concesión de la ayuda de cofinanciación mencionada), se incluyó una carta de
compromiso (Letter of Commitment), firmada por el CSIC, en la que este expresaba su
deseo de formar parte del Programa como Partner Organisation esencial, adquiriendo el
compromiso de emplear y acoger a los investigadores ComFuturo que resultaran
seleccionados en la tercera edición del Programa, así como otra serie de compromisos
relacionados con su papel como empleador de los investigadores y otros tales como el
compromiso de proporcionarles formación o de coadyuvar en la difusión y acciones de
visibilización del Programa.
IX. Que los requerimientos y regulación de la Comisión Europea, relativos a la
tercera edición de ComFuturo, hacen necesaria la incorporación de otros compromisos
adicionales a los ya contemplados en la Letter of Commitment mencionada
anteriormente, los cuales quedarán reflejados en el presente documento junto con el
resto de aspectos relacionados con la colaboración entre las Partes en el marco del
Programa ComFuturo.
En su virtud, en orden a coadyuvar adecuadamente al óptimo desarrollo del
Programa ComFuturo, las Partes establecen mediante este Convenio las bases
específicas de su colaboración, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre la
FGCSIC y el CSIC para el desarrollo de la tercera edición del Programa ComFuturo,
estableciendo las pautas por las que se regirá dicha colaboración.
Aportación de la FGCSIC.
2.1 La FGCSIC se hará cargo de la gestión del Programa ComFuturo, si bien la
contratación de los investigadores ComFuturo será asumida por el CSIC, en calidad de
empleador.
2.2 Se otorgarán por la FGCSIC, en el marco de la tercera edición de ComFuturo,
15 ayudas ComFuturo de una cuantía máxima cada una (si incluye la ayuda familiarfamily allowance) de 74.076 euros al año durante tres años. Esto implica que el coste
total anual de las 15 ayudas ComFuturo asciende a un máximo de 1.111.140 euros si se
considerase que todas ellas fueran a incluir family allowance.
La FGCSIC realizará tres aportaciones a favor del CSIC para que este, en su calidad
de empleador, pueda hacer efectivas las contrataciones de los investigadores
ComFuturo y proporcionarles los demás complementos que engloba la ayuda
cve: BOE-A-2023-9204
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 89
Viernes 14 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 53327
evaluación y selección de candidaturas transparente, riguroso y objetivo, según lo
especificado en las Bases, la Fundación General CSIC resolvió, con fecha 24 de
noviembre de 2022, la convocatoria con la lista propuesta de candidaturas beneficiarias y
de
reserva
(https://fgcsic.es/wp-content/uploads/2022/12/20221124_COMFUTUROTHIRD-EDITION_LIST-OF-PROPOSED-SELECTED-AND-RESERVECANDIDATES_1.pdf).
VI. Que, según las Bases de la convocatoria, los 15 investigadores seleccionados
en la tercera edición de ComFuturo deben incorporarse en 2023 a los centros e institutos
del CSIC correspondientes (con el consiguiente comienzo de sus contratos de trabajo).
VII. Que la tercera edición de ComFuturo ha recibido financiación del Programa de
investigación e innovación Horizonte 2020 de la Unión Europea en virtud del acuerdo de
subvención «Marie Skłodowska-Curie grant agreement N.º 101034263», documento que
será puesto a disposición del CSIC, para su debida observancia en las partes que le
puedan ser de aplicación.
VIII. Que en la fase de preparación de la propuesta a la correspondiente
convocatoria 2020 del Programa Marie Skłodowska-Curie-COFUND (resultante en la
concesión de la ayuda de cofinanciación mencionada), se incluyó una carta de
compromiso (Letter of Commitment), firmada por el CSIC, en la que este expresaba su
deseo de formar parte del Programa como Partner Organisation esencial, adquiriendo el
compromiso de emplear y acoger a los investigadores ComFuturo que resultaran
seleccionados en la tercera edición del Programa, así como otra serie de compromisos
relacionados con su papel como empleador de los investigadores y otros tales como el
compromiso de proporcionarles formación o de coadyuvar en la difusión y acciones de
visibilización del Programa.
IX. Que los requerimientos y regulación de la Comisión Europea, relativos a la
tercera edición de ComFuturo, hacen necesaria la incorporación de otros compromisos
adicionales a los ya contemplados en la Letter of Commitment mencionada
anteriormente, los cuales quedarán reflejados en el presente documento junto con el
resto de aspectos relacionados con la colaboración entre las Partes en el marco del
Programa ComFuturo.
En su virtud, en orden a coadyuvar adecuadamente al óptimo desarrollo del
Programa ComFuturo, las Partes establecen mediante este Convenio las bases
específicas de su colaboración, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre la
FGCSIC y el CSIC para el desarrollo de la tercera edición del Programa ComFuturo,
estableciendo las pautas por las que se regirá dicha colaboración.
Aportación de la FGCSIC.
2.1 La FGCSIC se hará cargo de la gestión del Programa ComFuturo, si bien la
contratación de los investigadores ComFuturo será asumida por el CSIC, en calidad de
empleador.
2.2 Se otorgarán por la FGCSIC, en el marco de la tercera edición de ComFuturo,
15 ayudas ComFuturo de una cuantía máxima cada una (si incluye la ayuda familiarfamily allowance) de 74.076 euros al año durante tres años. Esto implica que el coste
total anual de las 15 ayudas ComFuturo asciende a un máximo de 1.111.140 euros si se
considerase que todas ellas fueran a incluir family allowance.
La FGCSIC realizará tres aportaciones a favor del CSIC para que este, en su calidad
de empleador, pueda hacer efectivas las contrataciones de los investigadores
ComFuturo y proporcionarles los demás complementos que engloba la ayuda
cve: BOE-A-2023-9204
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.