I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Cultura de la paz. (BOE-A-2023-9170)
Ley 8/2023, de 9 de marzo, de Cultura de la Paz en Aragón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89

Viernes 14 de abril de 2023
Disposición adicional única.

Sec. I. Pág. 53156

Información a las Cortes de Aragón.

El Gobierno de Aragón informará a las Cortes de Aragón de las actuaciones
realizadas en materia de cultura de paz, así como de los recursos que se destinen a este
objetivo.
Disposición final primera.

Habilitación para el desarrollo reglamentario.

El Gobierno de Aragón dictará las disposiciones reglamentarias necesarias para el
desarrollo y aplicación de esta Ley.
Disposición final segunda.

Entrada en vigor.

La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial de Aragón».
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta ley, que la
cumplan, y a los tribunales y autoridades a los que corresponda, que la hagan cumplir.
Zaragoza, 9 de marzo de 2023.–El Presidente de Aragón, Javier Lambán Montañés.

cve: BOE-A-2023-9170
Verificable en https://www.boe.es

(Publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» número 57, de 23 de marzo de 2023)

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X