III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-9146)
Resolución de 5 de abril de 2023, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Instituto de Formación Profesional Sanitaria de Barcelona "Institut Bonanova-Parc de Salut Mar", para la realización de prácticas de formación en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (Departamento de Barcelona).
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 52938
Su organización y supervisión corresponden a la Dirección General para el Servicio
Público de Justicia, que depende de la Secretaría de Estado de Justicia, y su
Reglamento ha sido aprobado por Real Decreto 862/1998, de 8 de mayo, (BOE de 5 de
junio).
El INTCF con sede en Madrid y cuyo ámbito de actuación se extiende a todo el
territorio nacional, está integrado por tres Departamentos que radican respectivamente
en Madrid, Barcelona y Sevilla; y una Delegación del Departamento de Sevilla en Santa
Cruz de Tenerife.
III. Uno de los fines fundamentales del Instituto de Formación Profesional Sanitaria
de Barcelona Bonanova-Parc de Salut Mar es la preparación académica y profesional en
los distintos ámbitos y disciplinas de sus estudiantes. Para dar cumplimiento a este
objetivo, resulta de interés la realización de prácticas en el INTCF, Departamento de
Barcelona, para el desarrollo del módulo profesional de Formación de Sanidad del ciclo
de Anatomía Patológica y Citodiagnóstico.
IV. Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la
Formación Profesional dispone en su artículo 82 que la participación en empresas u
organismos equiparados, incluidas las administraciones públicas, que cuenten con la
capacidad precisa al efecto y asuman su corresponsabilidad en la formación de
estudiantes y personas trabajadoras podrán participar en actividades formativas del
Sistema de Formación Profesional. La colaboración de las empresas u organismos
equiparados en el Sistema de Formación Profesional quedará acreditada en la forma y
condiciones que reglamentariamente se determinen, y con los efectos que se regulen.
V. El presente convenio se formaliza al amparo de lo dispuesto en el artículo 42.2
de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
VI. El Departamento de Barcelona del INTCF está interesado en colaborar en este
programa facilitando a el/la, los/las estudiante/s la realización de prácticas en sus
dependencias y participando activamente en su formación.
VII. Es deseo de las instituciones firmantes la organización de prácticas en la forma
que se detalla en la parte dispositiva de este convenio por considerar que esta actividad
puede resultar de gran interés para la formación de profesionales que en un futuro
pudieran colaborar o dar servicio a la Administración de Justicia, lo que redundará en
una mayor calidad de la misma.
Las partes más arriba expresadas se reconocen mutuamente la capacidad legal
necesaria en la representación en la que actúan para suscribir este convenio, conforme a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
Es objeto del presente convenio la colaboración entre el Ministerio de Justicia, a
través del Departamento de Barcelona del INTCF y el Instituto de Formación Profesional
Sanitaria de Barcelona Institut Bonanova-Parc de Salut Mar para la realización de
prácticas del módulo profesional de Sanidad del ciclo de Anatomía Patológica y
Citodiagnóstico en el Departamento de Barcelona del INTCF.
La referida colaboración estará siempre supeditada a las necesidades y
disponibilidad del Ministerio de Justicia, y en particular, del Departamento de Barcelona
del INTCF, por lo que surgida tal necesidad o falta de disponibilidad en su caso, el
convenio quedará suspendido en tanto persistan estas situaciones, o en su caso,
extinguido sin que sea preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a
reclamación alguna por parte del Institut Bonanova-Parc de Salut Mar.
cve: BOE-A-2023-9146
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 88
Jueves 13 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 52938
Su organización y supervisión corresponden a la Dirección General para el Servicio
Público de Justicia, que depende de la Secretaría de Estado de Justicia, y su
Reglamento ha sido aprobado por Real Decreto 862/1998, de 8 de mayo, (BOE de 5 de
junio).
El INTCF con sede en Madrid y cuyo ámbito de actuación se extiende a todo el
territorio nacional, está integrado por tres Departamentos que radican respectivamente
en Madrid, Barcelona y Sevilla; y una Delegación del Departamento de Sevilla en Santa
Cruz de Tenerife.
III. Uno de los fines fundamentales del Instituto de Formación Profesional Sanitaria
de Barcelona Bonanova-Parc de Salut Mar es la preparación académica y profesional en
los distintos ámbitos y disciplinas de sus estudiantes. Para dar cumplimiento a este
objetivo, resulta de interés la realización de prácticas en el INTCF, Departamento de
Barcelona, para el desarrollo del módulo profesional de Formación de Sanidad del ciclo
de Anatomía Patológica y Citodiagnóstico.
IV. Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la
Formación Profesional dispone en su artículo 82 que la participación en empresas u
organismos equiparados, incluidas las administraciones públicas, que cuenten con la
capacidad precisa al efecto y asuman su corresponsabilidad en la formación de
estudiantes y personas trabajadoras podrán participar en actividades formativas del
Sistema de Formación Profesional. La colaboración de las empresas u organismos
equiparados en el Sistema de Formación Profesional quedará acreditada en la forma y
condiciones que reglamentariamente se determinen, y con los efectos que se regulen.
V. El presente convenio se formaliza al amparo de lo dispuesto en el artículo 42.2
de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
VI. El Departamento de Barcelona del INTCF está interesado en colaborar en este
programa facilitando a el/la, los/las estudiante/s la realización de prácticas en sus
dependencias y participando activamente en su formación.
VII. Es deseo de las instituciones firmantes la organización de prácticas en la forma
que se detalla en la parte dispositiva de este convenio por considerar que esta actividad
puede resultar de gran interés para la formación de profesionales que en un futuro
pudieran colaborar o dar servicio a la Administración de Justicia, lo que redundará en
una mayor calidad de la misma.
Las partes más arriba expresadas se reconocen mutuamente la capacidad legal
necesaria en la representación en la que actúan para suscribir este convenio, conforme a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
Es objeto del presente convenio la colaboración entre el Ministerio de Justicia, a
través del Departamento de Barcelona del INTCF y el Instituto de Formación Profesional
Sanitaria de Barcelona Institut Bonanova-Parc de Salut Mar para la realización de
prácticas del módulo profesional de Sanidad del ciclo de Anatomía Patológica y
Citodiagnóstico en el Departamento de Barcelona del INTCF.
La referida colaboración estará siempre supeditada a las necesidades y
disponibilidad del Ministerio de Justicia, y en particular, del Departamento de Barcelona
del INTCF, por lo que surgida tal necesidad o falta de disponibilidad en su caso, el
convenio quedará suspendido en tanto persistan estas situaciones, o en su caso,
extinguido sin que sea preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a
reclamación alguna por parte del Institut Bonanova-Parc de Salut Mar.
cve: BOE-A-2023-9146
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 88