III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-9163)
Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Escola Superior de Conservació i Restauració de Béns Culturals de Catalunya, para la realización de prácticas externas formativas en museos de titularidad estatal adscritos a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 53053

El presente Convenio no supone para el Museo o la SGME ni para la ESCRBCC
compromisos económicos a nivel presupuestario, a los efectos del artículo 49 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexta. Derechos de los estudiantes en prácticas.
Durante la realización de las prácticas académicas externas en los museos o en la
SGME, los estudiantes tendrán los siguientes derechos:
1. A la tutoría, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un
profesor de la ESCRBCC y por un profesional del museo o de la SGME.
2. A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la ESCRBCC.
3. A la obtención de un certificado de aprovechamiento emitido por el museo o de la
SGME, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y en su caso, su
rendimiento.
4. A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente al museo o de la SGME.
5. A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
6. A recibir, por parte del museo o de la SGME, la información necesaria de la
normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales.
7. A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con
discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las
prácticas en igualdad de condiciones.
8. Aquellos otros derechos, distintos de los citados, previstos en la normativa
vigente.
Séptima. Deberes de los estudiantes en prácticas.
Durante la realización de las prácticas académicas externas en el museo o en la
SGME, los estudiantes estarán sujetos al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
1. Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la
ESCRBCC.
2. Aprovechar al máximo las posibilidades de formación práctica que el museo o la
SGME les brinda.
3. Conocer y cumplir con diligencia el proyecto formativo de las prácticas siguiendo
las indicaciones del tutor asignado por el museo o la SGME, bajo la supervisión del tutor
académico de la ESCRBCC.
4. Mantener el contacto con el tutor académico de la ESCRBCC durante el
desarrollo de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el
mismo, así como hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio
y la memoria final que le sean requeridos.
5. Informar a su tutor académico y a su tutor del museo o la SGME a requerimiento
de estos y facilitarles las informaciones que precisen.
6. Incorporarse al museo o la SGME en la fecha acordada, cumplir el horario
previsto en el proyecto educativo y respetar y cumplir las normas de funcionamiento,
seguridad y prevención de riesgos laborales del museo o la SGME.
7. Participar en el programa de formación propuesto por el museo o la SGME para
su estancia.
8. Guardar confidencialidad en relación con la información interna del museo o de
la SGME y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia
formativa y una vez finalizada ésta.
9. Elaborar y entregar al museo o a la SGME una memoria final de las prácticas
externas, en la que se haga constar los datos personales del estudiante, el departamento
del museo o la SGME en el que se ha realizado las prácticas, la descripción concreta y
detallada de las tareas desarrolladas, la valoración de tales funciones con los

cve: BOE-A-2023-9163
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Núm. 88