III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-9163)
Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Escola Superior de Conservació i Restauració de Béns Culturals de Catalunya, para la realización de prácticas externas formativas en museos de titularidad estatal adscritos a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 53049
Los firmantes, en nombre y representación de sus respectivas instituciones se
reconocen mutua y recíprocamente capacidad suficiente y necesaria para este acto, a tal
efecto
EXPONEN
I. Que el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales establece en su artículo 15 que le corresponde al Ministerio
de Cultura y Deporte la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos
estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades
cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, así como la
promoción y difusión de la cultura en español, el impulso de las acciones de cooperación
cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura.
II. Que virtud de lo dispuesto en el artículo 5.1, apartado s) del Real
Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Cultura y Deporte le corresponde a la Dirección General de Patrimonio
Cultural y Bellas Artes la gestión y promoción de los museos de titularidad estatal
adscritos a la misma. Estos museos estatales que se relacionan en el anexo I tienen
encomendadas las funciones de adquisición, conservación, catalogación, investigación,
comunicación y exhibición ordenada de las colecciones, además del desarrollo de una
actividad didáctica respecto a sus contenidos.
III. Que el MCD consciente de la necesidad de colaborar en la adquisición de
habilidades prácticas de los futuros profesionales de museos en materia de
Investigación, Documentación, Conservación y Colecciones, de Educación y Acción
Cultural, y de Administración suscribe Convenios con Universidades, Centros e
instituciones dedicados a la formación con el fin de complementar y aplicar los
conocimientos teóricos como parte de los estudios, garantizando el desarrollo profesional
de los alumnos.
La suscripción de estos convenios no establece relación contractual alguna entre el
estudiante y el Ministerio de Cultura y Deporte. Por su naturaleza, esta relación es
estrictamente académica y no laboral. Asimismo, en el ámbito de las Administraciones
Públicas, entidades de Derecho Público y demás Organismos Públicos, la realización en
los mismos de las prácticas académicas externas no podrá tener la consideración de
mérito para el acceso a la función pública ni será computada a efectos de antigüedad o
reconocimiento de servicios previos.
IV. Que la ESCRBCC nace por voluntad de la Generalitat de Catalunya, como
consecuencia de la evolución del sector de la conservación y restauración que, debido a
los avances científicos y a las nuevas tecnologías, ha motivado la necesidad de
profesionales altamente cualificados. La ESCRBCC fue creada por el Decreto 252/1991,
de 25 de noviembre (DOGC núm. 1529, 13 de diciembre de 1991), estableciéndose el
inicio de actividades a partir de la resolución de 13 de enero de 1992 (DOGC, núm.
1.548, 29 de enero de 1992).
Durante los años de funcionamiento se ha constatado el éxito de un modelo de
enseñanza que combina praxis y teoría, y en el que el alumno evoluciona en sus
conocimientos, desarrollando una formación activa, especializada y multidisciplinaria.
Estas enseñanzas permiten un tratamiento específico a las propias necesidades, una
avanzada infraestructura, alumnos repartidos en grupos reducidos y una formación
personalizada, de acuerdo con los requerimientos de la profesión.
V. Que al régimen jurídico de las prácticas formativas objeto del presente Convenio,
resultan de aplicación, en particular:
a) Ley 12/2009, de 10 de julio, de Educación.
b) Decreto 85/2014, de 10 de junio, de las enseñanzas artísticas superiores.
c) Decreto 252/1991, de 25 de noviembre de creación de ESCRBCC.
cve: BOE-A-2023-9163
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 88
Jueves 13 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 53049
Los firmantes, en nombre y representación de sus respectivas instituciones se
reconocen mutua y recíprocamente capacidad suficiente y necesaria para este acto, a tal
efecto
EXPONEN
I. Que el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales establece en su artículo 15 que le corresponde al Ministerio
de Cultura y Deporte la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos
estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades
cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, así como la
promoción y difusión de la cultura en español, el impulso de las acciones de cooperación
cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura.
II. Que virtud de lo dispuesto en el artículo 5.1, apartado s) del Real
Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Cultura y Deporte le corresponde a la Dirección General de Patrimonio
Cultural y Bellas Artes la gestión y promoción de los museos de titularidad estatal
adscritos a la misma. Estos museos estatales que se relacionan en el anexo I tienen
encomendadas las funciones de adquisición, conservación, catalogación, investigación,
comunicación y exhibición ordenada de las colecciones, además del desarrollo de una
actividad didáctica respecto a sus contenidos.
III. Que el MCD consciente de la necesidad de colaborar en la adquisición de
habilidades prácticas de los futuros profesionales de museos en materia de
Investigación, Documentación, Conservación y Colecciones, de Educación y Acción
Cultural, y de Administración suscribe Convenios con Universidades, Centros e
instituciones dedicados a la formación con el fin de complementar y aplicar los
conocimientos teóricos como parte de los estudios, garantizando el desarrollo profesional
de los alumnos.
La suscripción de estos convenios no establece relación contractual alguna entre el
estudiante y el Ministerio de Cultura y Deporte. Por su naturaleza, esta relación es
estrictamente académica y no laboral. Asimismo, en el ámbito de las Administraciones
Públicas, entidades de Derecho Público y demás Organismos Públicos, la realización en
los mismos de las prácticas académicas externas no podrá tener la consideración de
mérito para el acceso a la función pública ni será computada a efectos de antigüedad o
reconocimiento de servicios previos.
IV. Que la ESCRBCC nace por voluntad de la Generalitat de Catalunya, como
consecuencia de la evolución del sector de la conservación y restauración que, debido a
los avances científicos y a las nuevas tecnologías, ha motivado la necesidad de
profesionales altamente cualificados. La ESCRBCC fue creada por el Decreto 252/1991,
de 25 de noviembre (DOGC núm. 1529, 13 de diciembre de 1991), estableciéndose el
inicio de actividades a partir de la resolución de 13 de enero de 1992 (DOGC, núm.
1.548, 29 de enero de 1992).
Durante los años de funcionamiento se ha constatado el éxito de un modelo de
enseñanza que combina praxis y teoría, y en el que el alumno evoluciona en sus
conocimientos, desarrollando una formación activa, especializada y multidisciplinaria.
Estas enseñanzas permiten un tratamiento específico a las propias necesidades, una
avanzada infraestructura, alumnos repartidos en grupos reducidos y una formación
personalizada, de acuerdo con los requerimientos de la profesión.
V. Que al régimen jurídico de las prácticas formativas objeto del presente Convenio,
resultan de aplicación, en particular:
a) Ley 12/2009, de 10 de julio, de Educación.
b) Decreto 85/2014, de 10 de junio, de las enseñanzas artísticas superiores.
c) Decreto 252/1991, de 25 de noviembre de creación de ESCRBCC.
cve: BOE-A-2023-9163
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 88