III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-9084)
Resolución de 3 de abril de 2023, del Instituto de Turismo de España, por la que se publica el Convenio con la aerolínea Binter, para el desarrollo de acciones conjuntas de marketing.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87

Miércoles 12 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 52683

comunicarse en tal caso al Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal y publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».
Duodécima.

Modificación.

La modificación del contenido del Convenio requerirá el acuerdo de los firmantes
originarios, así como de aquellas partes que se adhieran con posterioridad según la
cláusula decimocuarta de conformidad con lo establecido en el artículo 49.g) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Decimotercera.

Extinción y resolución.

El presente Convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:
– El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo.
– El acuerdo de los firmantes.
– El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes. En este caso, se estará a lo dispuesto en la cláusula octava
anterior.
– Decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
– Cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en la ley.
La resolución del convenio se establecerá por acuerdo de los firmantes originarios
así como de aquellas partes que se adhieran con posterioridad según la cláusula
decimocuarta.
Decimocuarta.

Adhesión al Convenio.

A través de la correspondiente acta de adhesión, según modelo que consta en
anexo I al presente convenio, podrán adherirse al mismo, cualesquiera otras
Administraciones territoriales, entidades pertenecientes al sector público institucional,
autonómico o local, así como también a entidades o instituciones de derecho privado,
cualquiera que sea su naturaleza jurídica otras instituciones, fundaciones o empresas,
públicas o privadas, que compartan el objetivo de promoción del destino España en el
mercado italiano, así como el fortalecimiento del posicionamiento de los destinos,
productos y experiencias turísticas de España.

cve: BOE-A-2023-9084
Verificable en https://www.boe.es

Y para que así conste y a los efectos oportunos, ambas parten suscriben el presente
documento por duplicado, y a un solo efecto, en Roma, a 28 de marzo de 2023.–Por el
Instituto de Turismo de España, O.A., el Consejero de Turismo en Roma, (por delegación
de firma de Resolución de 26 de agosto de 2020, «Boletín Oficial del Estado» número 239,
de 7 de septiembre de 2020, previa autorización del Director General de Turespaña),
Gonzalo R. Ceballos Watling.–Por Binter, en su calidad de Apoderados Mancomunados de
la entidad Gestión Aeronáutica Integral Canaria, SL (Binter), Santiago A. Guerra Medina y
Anselmo Palacios Sánchez.