III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-9084)
Resolución de 3 de abril de 2023, del Instituto de Turismo de España, por la que se publica el Convenio con la aerolínea Binter, para el desarrollo de acciones conjuntas de marketing.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Miércoles 12 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 52681
Tercera. Obligaciones y compromisos económicos.
El presupuesto de las acciones conjuntas de publicidad y marketing en medios de
pago asciende a 450.000 euros y será asumido por Turespaña y Binter a partes iguales y
de la forma siguiente:
– Campañas en medios de pago:
● Turespaña: 225.000 euros.
● Binter: 225.000 euros.
En caso de proponerse acciones en medios propios, el presupuesto de las mismas
no podrá superar el 10 % del presupuesto total de la campaña, es decir 45.000 euros y
será asumido por Turespaña y Binter a partes iguales de la forma siguiente:
– Campañas en medios propios:
● Turespaña: 22.500 euros.
● Binter: 22.500 euros.
Todos los presupuestos establecidos son limitativos máximos e incluirán todos los
gastos y tributos.
El pago será tramitado por la Consejería de Turismo firmante del convenio, tras la
ejecución de las acciones previstas en el plan de medios y de acuerdo con el
seguimiento realizado en la cláusula séptima.
Cuarta. Naturaleza de los compromisos económicos.
Las aportaciones económicas que se comprometen a realizar las partes estarán
orientadas exclusivamente a la promoción turística, quedando en principio excluidas del
ámbito de aplicación de la normativa relativa a ayudas de Estado. No obstante, si de la
firma del presente Convenio pudiera quedar afectada la competencia en este sentido, se
cumplirá con la normativa relativa a ayudas de Estado.
Quinta.
Distribución temporal por anualidades e imputación del gasto.
La campaña por la parte de Turespaña será sufragada con cargo a su presupuesto,
aplicación presupuestaria 20.104.432A.640, proyecto de gasto 2021.20.104.0060, con la
siguiente distribución de anualidades:
Turespaña
–
Euros
2023
221.120,00 110.560,00
2024
207.960,00 103.980,00
2025
Total
Sexta.
Campaña
–
Euros
20.920,00
10.460,00
450.000,00 225.000,00
Naturaleza y régimen jurídico.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se suscribe al amparo del
título preliminar del capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
cve: BOE-A-2023-9084
Verificable en https://www.boe.es
Anualidad
Núm. 87
Miércoles 12 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 52681
Tercera. Obligaciones y compromisos económicos.
El presupuesto de las acciones conjuntas de publicidad y marketing en medios de
pago asciende a 450.000 euros y será asumido por Turespaña y Binter a partes iguales y
de la forma siguiente:
– Campañas en medios de pago:
● Turespaña: 225.000 euros.
● Binter: 225.000 euros.
En caso de proponerse acciones en medios propios, el presupuesto de las mismas
no podrá superar el 10 % del presupuesto total de la campaña, es decir 45.000 euros y
será asumido por Turespaña y Binter a partes iguales de la forma siguiente:
– Campañas en medios propios:
● Turespaña: 22.500 euros.
● Binter: 22.500 euros.
Todos los presupuestos establecidos son limitativos máximos e incluirán todos los
gastos y tributos.
El pago será tramitado por la Consejería de Turismo firmante del convenio, tras la
ejecución de las acciones previstas en el plan de medios y de acuerdo con el
seguimiento realizado en la cláusula séptima.
Cuarta. Naturaleza de los compromisos económicos.
Las aportaciones económicas que se comprometen a realizar las partes estarán
orientadas exclusivamente a la promoción turística, quedando en principio excluidas del
ámbito de aplicación de la normativa relativa a ayudas de Estado. No obstante, si de la
firma del presente Convenio pudiera quedar afectada la competencia en este sentido, se
cumplirá con la normativa relativa a ayudas de Estado.
Quinta.
Distribución temporal por anualidades e imputación del gasto.
La campaña por la parte de Turespaña será sufragada con cargo a su presupuesto,
aplicación presupuestaria 20.104.432A.640, proyecto de gasto 2021.20.104.0060, con la
siguiente distribución de anualidades:
Turespaña
–
Euros
2023
221.120,00 110.560,00
2024
207.960,00 103.980,00
2025
Total
Sexta.
Campaña
–
Euros
20.920,00
10.460,00
450.000,00 225.000,00
Naturaleza y régimen jurídico.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se suscribe al amparo del
título preliminar del capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
cve: BOE-A-2023-9084
Verificable en https://www.boe.es
Anualidad