III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2023-9025)
Resolución de 5 de abril de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica la cantidad del stock de anchoa de la zona 9 del ICES (ANE/9/3411) objeto del mecanismo de optimización anual del uso de cuotas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Martes 11 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 52128

En base a todo ello, la Secretaría General de Pesca, una vez consultado el sector de
acuerdo al apartado seis del artículo 5, resuelve lo siguiente:
Primero.
Publicar como anexo I las cantidades disponibles del stock de ANE/9/3411 para el
mecanismo de optimización en el periodo de gestión actual 2022-2303, así como
indicación del origen de dicha cuota común por buque o grupo de buques.
El sobrante incorpora 7.810 kg correspondientes al ajuste final de la flexibilidad
interanual de España del periodo de gestión anterior registrados a finales de 2022 por
parte de la Comisión Europea, y 180.000 kg obtenidos recientemente mediante un swap
con Portugal.
Segundo.
Se establece un tope de captura y desembarque de 1.500 kg por buque y día, para
aquellos buques que accedan a la utilización del presente mecanismo de optimización
con las cantidades disponibles señaladas en el punto primero.
Tercero.
Aquellos buques o grupos de buques que en el momento en que esta resolución esté
publicada en el BOE aún dispongan de cuota propia de ANE/9/3411, tienen que seguir
pescando contra su propia cuota no agotada. Solamente podrán acceder a pescar contra
el sobrante del anexo I, una vez su cuota individual o conjunta se haya agotado
(consumo del 100 %) sin necesidad de pedir autorización para entrar a consumir del
sobrante. La Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura, llevará el control
del momento de acceso a los sobrantes.
En el momento de la confección de esta resolución, la cuota común del
stock ANE9/3411 asignada al cerco del Cantábrico y Noreste permanece aún abierta, por
lo que los buques de esta modalidad deben continuar computando sus consumos hasta
el agotamiento de esta cuota, respetando el tope de captura fijado de 400 kilos por
buque y día de pesca indicada en el apartado primero de la Resolución de 8 de agosto
de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se procede a la apertura de la
pesquería de la anchoa de la zona CIEM 9, ANE/9/3411, para la pesca conjunta de cerco
Cantábrico y Noroeste. Una vez agotada la cuota asignada a esta modalidad, aquellos
buques o grupos de buques que pudieran disponer de cuota propia considerando todos
los mecanismos de gestión de dichas cuotas, computarán sus consumos contra la
misma hasta su agotamiento, sin necesidad de respetar el tope descrito anteriormente
de 400 kilos por buque y día de pesca. Aquellos buques del cerco Cantábrico y Noreste
que no tengan cuota propia disponible y cumplan con los requisitos, podrían acceder a
consumir anchoa contra la cuota disponible del stock ANE9/3411 objeto de este
mecanismo de optimización.

Los buques con sobrepesca en el periodo de TAC 2022-2023, si cumplen las
condiciones del apartado 7 del artículo 5 de la Orden APA/315/2020 de 1 de abril,
pueden participar del sobrante de ANE/9/3411 establecido por este mecanismo desde el
momento en que esta resolución esté publicada en el BOE, si bien los kilos de
sobrepasamiento que tienen, no podrán regularizarlos con las cantidades del sobrante
publicadas en el anexo I, debiendo regularizarlas mediante transmisiones temporales de
cuota hasta el 31 de julio de 2023.
Para que un buque o grupo de buques puedan beneficiarse del mecanismo de
optimización anual del uso de cuotas del artículo 5, a fecha de 10 de marzo no podrá
presentar un rebasamiento en el consumo superior al 10 % de su cuota adaptada del
stock ANE/9/3411, según se establece en el apartado 2 del artículo 9 de la citada orden.

cve: BOE-A-2023-9025
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.