III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Organización Nacional de Ciegos Españoles. Juegos. (BOE-A-2023-9030)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la aprobación de un nuevo Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada "Lotería instantánea de boletos de la ONCE".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 11 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 52141

«Aprobación de un nuevo Reglamento regulador de los productos de la modalidad de
lotería denominada “Lotería instantánea de boletos de la ONCE”, cumple con la
normativa antes mencionada.
Mediante dicho Acuerdo se aprueba un nuevo Reglamento regulador de los
productos de la modalidad de lotería denominada “Lotería instantánea de boletos de la
ONCE”, que entrará en vigor, el 1 de abril de 2023, que se adjunta como Anexo.
Asimismo, se derogan con efectos de 1 de abril de 2023, los siguientes Acuerdos de
la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General:
– Acuerdo CEP.14/2017-3.4, de 18 de octubre, publicado en el “Boletín Oficial del
Estado” de 20 de diciembre de 2017, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de
Servicios Sociales e Igualdad de 20 de noviembre de 2017, que aprobó el actual
Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Lotería
instantánea de boletos de la ONCE».
– Acuerdo CEP.15/2021-3, de 20 de octubre, publicado en el “Boletín Oficial del
Estado” de 29 de noviembre de 2021, mediante Resolución de la Secretaría de Estado
de Derechos Sociales de 12 de noviembre de 2021, que aprobó el vigente Texto
refundido de Apéndices del Reglamento.
– Acuerdo CEP.18/2018-3.2, de 19 de septiembre, publicado en el “Boletín Oficial del
Estado” de 19 de noviembre de 2018, mediante Resolución de la Secretaría de Estado
de Servicios Sociales de 15 de octubre de 2018.
– Acuerdo de CEP.19/2018-3.5, de 17 de octubre, publicado en el “Boletín Oficial del
Estado” de 11 de diciembre de 2018, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de
Servicios Sociales de 13 de noviembre de 2018.
– Acuerdo CEP.20/2021-3.1, de 13 de diciembre, publicado en el “Boletín Oficial del
Estado” de 2 de febrero de 2022, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de
Derechos Sociales de 20 de enero de 2022.
– Acuerdo CEP.1/2022-3.1, de 19 de enero, publicado en el “Boletín Oficial del
Estado” de 12 de febrero de 2022, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de
Derechos Sociales de 3 de febrero de 2022.
– Acuerdo CEP.2/2022-3.1, de 16 de febrero, publicado en el “Boletín Oficial del
Estado” de 30 de marzo de 2022, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de
Derechos Sociales de 17 de marzo de 2022.
– Acuerdo CEP.4/2022-3.2, de 23 de marzo, publicado en el “Boletín Oficial del
Estado” de 20 de mayo de 2022, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de
Derechos Sociales de 2 de mayo de 2022.
– Acuerdos CEP.6/2022-3.1, de 20 de abril y CEP.7/2022-3.1, 18 de mayo,
publicados en el “Boletín Oficial del Estado” 13 de junio de 2022, mediante Resolución
de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales de 1 de junio de 2022.
– Acuerdo CEP.8/2022-3.1, de 15 de junio, publicado en el “Boletín Oficial del
Estado” de 28 de julio de 2022, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de
Derechos Sociales de 14 de julio de 2022.
– Acuerdo CEP.13/2022-3.1, de 21 de septiembre, publicado en el “Boletín Oficial del
Estado” el 28 de octubre de 2022, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de
Derechos Sociales de 17 de octubre de 2022.
– Acuerdos CEP.16/2022-3.1, de 19 de octubre y de CEP.18/2022-3.1, 16 de
noviembre de 2022, publicados en el “Boletín Oficial del Estado” el 19 de diciembre
de 2022 mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales de 2 de
diciembre de 2022.»
En consecuencia, procede dar publicidad al mencionado Acuerdo del Consejo
General de la ONCE.
Madrid, 4 de abril de 2023.–El Secretario de Estado de Derechos Sociales, Ignacio
Álvarez Peralta.

cve: BOE-A-2023-9030
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Núm. 86