III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Organización Nacional de Ciegos Españoles. Juegos. (BOE-A-2023-9031)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la aprobación de un nuevo Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada "Cupón de la ONCE".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86
Martes 11 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 52293
De igual manera, para las cuestiones referentes al servicio «mis números preferidos»
contemplado en el apéndice 5 que no se regulen en el presente Reglamento, se estará a lo
dispuesto en las «Condiciones específicas del servicio "mis números preferidos" para usuarios
de la página Web oficial de juego de la ONCE», o en las «Condiciones específicas del servicio
«mis números preferidos» para usuarios de terminal punto de venta», según proceda.
En caso de discrepancia entre dichos documentos, prevalecerá en primer lugar lo
establecido en el Reglamento, y en segundo lugar lo dispuesto en las «Condiciones del
contrato de juego de la ONCE».
Disposición derogatoria.
A la entrada en vigor del presente Reglamento quedará derogado el Reglamento
regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Cupón de la ONCE»
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 de junio de 2018 mediante Resolución
de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de 17 de mayo de 2018, y
los siguientes Acuerdos del Consejo General de la ONCE:
Acuerdo de 17 de octubre de 2018 publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 11
de diciembre de 2018, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios
Sociales de 13 de noviembre de 2018.
Acuerdo de 16 de febrero de 2022 publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 30
de marzo de 2022, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Derechos
Sociales de 17 de marzo de 2022.
Acuerdo de 5 de julio de 2022 publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 28 de
julio de 2022, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales
de 14 de julio de 2022.
Disposición final.
El presente Reglamento entrará en vigor el día 1 de abril de 2023.
APÉNDICE 1
Normas del producto «Cupón Diario»
1.
Vigencia.
Las normas reguladas en el presente apéndice entraron en vigor el día 2 de mayo
de 2022 y tendrán una duración indefinida en tanto no se apruebe su modificación.
2.
Precio.
El precio unitario del cupón correspondiente al producto «Cupón Diario» será de dos
euros (2€).
3.
Estructura de premios.
Categoría
de premios
Descripción
Cupones
premiados
por serie
Premio unitario por
cupón (en euros)
1.ª
Premio a las cinco cifras
y serie.
N/A
500.000
2.ª
Premio a las cinco
cifras.
1
35.000
Observaciones
Premio al cupón cuyas cinco cifras y serie coincidan con las del
número y serie premiados y estén dispuestas en el mismo orden.
Premio a los cupones cuyas cinco cifras coincidan con las del número
premiado, y estén dispuestas en el mismo orden, excepto el cupón
premiado en la primera categoría.
cve: BOE-A-2023-9031
Verificable en https://www.boe.es
3.1 La distribución de las distintas categorías de premios del producto «Cupón
Diario» será la siguiente:
Núm. 86
Martes 11 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 52293
De igual manera, para las cuestiones referentes al servicio «mis números preferidos»
contemplado en el apéndice 5 que no se regulen en el presente Reglamento, se estará a lo
dispuesto en las «Condiciones específicas del servicio "mis números preferidos" para usuarios
de la página Web oficial de juego de la ONCE», o en las «Condiciones específicas del servicio
«mis números preferidos» para usuarios de terminal punto de venta», según proceda.
En caso de discrepancia entre dichos documentos, prevalecerá en primer lugar lo
establecido en el Reglamento, y en segundo lugar lo dispuesto en las «Condiciones del
contrato de juego de la ONCE».
Disposición derogatoria.
A la entrada en vigor del presente Reglamento quedará derogado el Reglamento
regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Cupón de la ONCE»
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 de junio de 2018 mediante Resolución
de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de 17 de mayo de 2018, y
los siguientes Acuerdos del Consejo General de la ONCE:
Acuerdo de 17 de octubre de 2018 publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 11
de diciembre de 2018, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios
Sociales de 13 de noviembre de 2018.
Acuerdo de 16 de febrero de 2022 publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 30
de marzo de 2022, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Derechos
Sociales de 17 de marzo de 2022.
Acuerdo de 5 de julio de 2022 publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 28 de
julio de 2022, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales
de 14 de julio de 2022.
Disposición final.
El presente Reglamento entrará en vigor el día 1 de abril de 2023.
APÉNDICE 1
Normas del producto «Cupón Diario»
1.
Vigencia.
Las normas reguladas en el presente apéndice entraron en vigor el día 2 de mayo
de 2022 y tendrán una duración indefinida en tanto no se apruebe su modificación.
2.
Precio.
El precio unitario del cupón correspondiente al producto «Cupón Diario» será de dos
euros (2€).
3.
Estructura de premios.
Categoría
de premios
Descripción
Cupones
premiados
por serie
Premio unitario por
cupón (en euros)
1.ª
Premio a las cinco cifras
y serie.
N/A
500.000
2.ª
Premio a las cinco
cifras.
1
35.000
Observaciones
Premio al cupón cuyas cinco cifras y serie coincidan con las del
número y serie premiados y estén dispuestas en el mismo orden.
Premio a los cupones cuyas cinco cifras coincidan con las del número
premiado, y estén dispuestas en el mismo orden, excepto el cupón
premiado en la primera categoría.
cve: BOE-A-2023-9031
Verificable en https://www.boe.es
3.1 La distribución de las distintas categorías de premios del producto «Cupón
Diario» será la siguiente: