III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Organización Nacional de Ciegos Españoles. Juegos. (BOE-A-2023-9031)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la aprobación de un nuevo Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada "Cupón de la ONCE".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 11 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 52275

Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE, modificado parcialmente por la
Resolución núm. 76/2023 del Director General de la ONCE de 3 de marzo, sobre la
«Aprobación de un nuevo Reglamento regulador de los productos de la modalidad de
lotería denominada «Cupón de la ONCE», cumple con la normativa antes mencionada.
Mediante dicho Acuerdo se aprueba un nuevo Reglamento regulador de los
productos de la modalidad de lotería denominada «Cupón de la ONCE», que entrará en
vigor, el 1 de abril de 2023, que se adjunta como anexo.
Asimismo, se derogan con efectos de 1 de abril de 2023, los siguientes Acuerdos de
la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General:
Acuerdo CEP.8/2018-3.5, de 18 de abril, publicado en el «Boletín Oficial del Estado»
el 22 de junio de 2018, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios
Sociales e Igualdad de 17 de mayo de 2018 que aprobó el actual Reglamento regulador
de los productos de la modalidad de lotería denominada «Cupón de la ONCE».
Acuerdo CEP.19/2018-3.1, de 17 de octubre, publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» el 11 de diciembre de 2018, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de
Servicios Sociales de 13 de noviembre de 2018.
Acuerdo CEP.2/2022-3.4, de 16 de febrero, publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» el 30 de marzo de 2022, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de
Derechos Sociales de 17 de marzo de 2022.
Acuerdo CEP.9(E)/2022-2.1, de 5 de julio, publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» el 28 de julio de 2022, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de
Derechos Sociales de 14 de julio de 2022.
En consecuencia, procede dar publicidad al mencionado Acuerdo del Consejo
General de la ONCE.
Madrid, 4 de abril de 2023.–El Secretario de Estado de Derechos Sociales, Ignacio
Álvarez Peralta.
ANEXO
Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada
«Cupón de la Once»
PREÁMBULO
Con base en lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley 5/2011,
de 29 de marzo, de Economía Social, que declara a la Organización Nacional de Ciegos
Españoles (ONCE) como organización singular de economía social, la ONCE es una
Corporación de Derecho Público de carácter social; que se rige por su normativa
específica propia y cuyos fines sociales se dirigen a la consecución de la autonomía
personal y plena integración de las personas ciegas y con deficiencia visual grave;
mediante la prestación de servicios sociales, con personalidad jurídica propia y plena
capacidad de obrar y de auto-organización; caracterizada en su actividad social,
económica y empresarial, por los principios y valores de la solidaridad, la ausencia de
ánimo de lucro y el interés general; que ejerce en todo el territorio español funciones
delegadas de las Administraciones Públicas, bajo el Protectorado del Estado; y que, para
la financiación de sus fines sociales, goza de un conjunto de autorizaciones públicas en
materia de juego.
Asimismo, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de
regulación del juego, las loterías de ámbito estatal quedan reservadas a los operadores
que se designan por la propia ley, lo que se materializa en su disposición adicional
primera, que designa a la ONCE como uno de los dos operadores que pueden
comercializar productos de loterías de ámbito estatal.
Además, la disposición adicional segunda de la Ley 13/2011 reconoce que por la
singularidad de su naturaleza de Corporación de Derecho Público y de carácter social, y

cve: BOE-A-2023-9031
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Núm. 86