I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Organización. (BOE-A-2023-8948)
Orden PCM/354/2023, de 7 de abril, por la que se crea la Comisión Interministerial del acontecimiento de excepcional interés público «Mundo Voluntario 2030/35.º Aniversario Plataforma del Voluntariado de España».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Martes 11 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 51825

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Orden PCM/354/2023, de 7 de abril, por la que se crea la Comisión
Interministerial del acontecimiento de excepcional interés público «Mundo
Voluntario 2030/35.º Aniversario Plataforma del Voluntariado de España».

El artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, señala que la ley
que apruebe los programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público
regulará la creación de un órgano administrativo que se encargue de la certificación de la
adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa, en el que
necesariamente estarán representadas las Administraciones Públicas interesadas en el
acontecimiento y, en todo caso, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, siendo
necesario el voto favorable de la representación de dicho Ministerio para la emisión de la
citada certificación.
La disposición adicional septuagésima primera de la Ley 22/2021, de 28 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, dispone que la
celebración del programa «Mundo Voluntario 2030/35.º Aniversario Plataforma del
Voluntariado de España» tendrá la consideración de acontecimiento de excepcional
interés público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de
diciembre.
De acuerdo con el apartado tres de dicha disposición adicional, «la certificación de la
adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa se efectuará
en conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002», añadiéndose en el apartado
cuatro que «las actuaciones a realizar serán las que aseguren el adecuado desarrollo del
acontecimiento. El desarrollo y concreción en planes y programas de actividades
específicas se realizarán por el órgano competente en conformidad a lo dispuesto en la
mencionada Ley 49/2002».
Por otra parte, la citada disposición adicional de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre,
se refiere tanto al plazo de duración del programa como a los beneficios fiscales a
aplicar. Así, en su apartado dos establece que dicha duración «será del 1 de enero
de 2022 al 31 de diciembre de 2023» y, en su apartado cinco, que «Los beneficios
fiscales de este programa serán los máximos establecidos en el artículo 27.3 de la citada
Ley 49/2002».
La aplicación de los beneficios fiscales se regirá por la citada Ley 49/2002, de 23 de
diciembre, y por el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin
fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, aprobado por el
Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre.
Esta orden da cumplimiento a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, y tiene como
objeto crear un órgano colegiado interministerial gestor del acontecimiento de
excepcional interés público «Mundo Voluntario 2030/35.º Aniversario Plataforma del
Voluntariado de España», encargado de la ejecución del programa de apoyo a la
celebración del citado acontecimiento, lo que permitirá su puesta en marcha, sin que su
funcionamiento suponga incremento del gasto público. Asimismo, al órgano
administrativo le corresponderá la certificación de la adecuación de los gastos realizados
a los objetivos y planes del programa.
Además de la obligada representación del Ministerio de Hacienda y Función Pública
en dicho órgano, se prevé que formarán parte del mismo dos representantes de la
Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, del Ministerio de

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