III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-8912)
Resolución 420/38144/2023, de 31 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación Retógenes Amigos de la Historia Militar, para la realización de diversas actividades durante el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Lunes 10 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 51405

3.º Buscar el personal y ponentes más cualificados para participar en las
actividades previstas.
4.º Supervisar cada una de las actividades.
b) Apoyar económicamente a la Asociación Retógenes Amigos de la Historia Militar
para la realización de las actividades objeto del convenio.
2.

La Asociación Retógenes Amigos de la Historia Militar se obliga a:

a) Organizar y desarrollar las actividades objeto de este convenio y asumir, con sus
propios recursos, entre otros, los gastos generales que se generen en concepto de
gastos de personal que forme parte de la propia entidad, adquisición de material
inventariable de todo tipo y todos aquellos gastos no relacionados directamente con las
actividades objeto del convenio.
b) Aportar para el desarrollo del objeto de este convenio, una cantidad global
estimada de treinta y seis mil trescientos cincuenta euros (36.350 €).
c) Acordar con la Secretaría General de Política de Defensa todo lo relativo a la
realización de las actividades relacionadas en la cláusula primera.
d) Gestionar las cantidades procedentes del Ministerio de Defensa y la realización
de todos los pagos que origine el desarrollo de las actividades con arreglo a lo que se
señala en la cláusula tercera y en el anexo a este convenio.
e) Entregar a la Secretaría General de Política de Defensa, una vez realizadas las
actividades, una memoria de actividades y una memoria económica en la que se
desglosen los gastos realizados, con cargo a la aportación económica del Ministerio de
Defensa, como consecuencia de las actividades objeto del convenio, además de las
correspondientes facturas, tal y como se indica en la cláusula cuarta.

El Ministerio de Defensa apoyará a la Asociación Retógenes Amigos de la Historia
Militar en el desarrollo de las actividades previstas en este convenio con la cantidad
máxima de quince mil (15.000,00) euros, impuestos incluidos, con cargo a la aplicación
presupuestaria 14.01.121M2.226.06 de los presupuestos correspondientes al ejercicio
económico de 2023. Se imputarán a dicha aplicación presupuestaria los gastos que se
reflejan en el anexo a este convenio.
Dicha transferencia se realizará, a través de una propuesta de pago, una vez
reconocida la obligación por el órgano competente, previa fiscalización efectuada por la
Intervención Delegada correspondiente.
El abono de la cantidad máxima reflejada en esta cláusula se podrá realizar, tras
finalizar cada una de las actividades previstas en la cláusula primera, en una sola vez o
en cuatro veces, mediante transferencias bancarias en la cuenta que a tal efecto designe
la Asociación Retógenes Amigos de la Historia Militar.
Las aportaciones financieras del Ministerio de Defensa no podrán ser superiores a
los gastos derivados de la ejecución del convenio.
La Asociación Retógenes Amigos de la Historia Militar aportará para el desarrollo del
objeto de este convenio, una cantidad global estimada de treinta y seis mil trescientos
cincuenta euros (36.350 €).
De la ejecución del convenio no se derivarán ingresos para ninguna de las partes. No
obstante, en el supuesto de que se derivaran ingresos para el Ministerio de Defensa se
actuará según lo previsto en la Orden ministerial 144/1998, de 18 de junio, por la que se
establece el procedimiento de tramitación e información sobre ingresos en el ámbito del
Ministerio de Defensa.
No se abonarán nunca contra esta aplicación presupuestaria gastos
correspondientes a retribuciones ordinarias del personal que tenga una relación laboral
dependiente con la Asociación Retógenes Amigos de la Historia Militar.

cve: BOE-A-2023-8912
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Financiación.