III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-8924)
Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo de Iberdrola Inmobiliaria, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Lunes 10 de abril de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
8924

Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el V Convenio colectivo de Iberdrola Inmobiliaria,
SAU.

Visto el texto del V Convenio colectivo de la empresa Iberdrola Inmobiliaria, S.A.U.
(código de convenio n.º 90017222012009) que fue suscrito con fecha 9 de febrero
de 2023, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en
representación de la misma, y de otra por la sección sindical de ATYPE-CC en
representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90,
apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por
el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 24 de marzo de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
V CONVENIO COLECTIVO IBERDROLA INMOBILIARIA SAU
Introducción
Artículo 1. Principios básicos y naturaleza jurídica.
La comisión negociadora del V convenio colectivo de Iberdrola Inmobiliaria SAU (en
lo sucesivo V CC de IBDI), constituida de conformidad con las reglas establecidas en el
título III del ET, acuerda el presente CC de acuerdo con las siguientes bases
contractuales:

Las partes signatarias de este convenio, comparten la premisa de que la negociación
colectiva es el método idóneo para, en un adecuado clima de paz social, favorecer el
logro de los objetivos de competitividad y eficiencia, así como de empleos estables y de
calidad, y con unos contenidos ocupacionales específicos que garanticen una continua
mejora de la empleabilidad. Fruto de esta visión compartida es el actual marco de
condiciones de trabajo de Iberdrola Inmobiliaria S.A.U. y el alcance y contenido de los
instrumentos de naturaleza colectiva pactados.
Así, y con el fin de mantener esta dinámica de sintonía negociadora y de utilización
de mecanismos paccionados, ambas partes convienen en la importancia de la

cve: BOE-A-2023-8924
Verificable en https://www.boe.es

Primera.